2000/258/EC: Council Decision of 20 March 2000 designating a specific institute responsible for establishing the criteria necessary for standardising the serological tests to monitor the effectiveness of rabies vaccines

Coming into Force30 March 2000
End of Effective Date20 April 2021
Celex Number32000D0258
ELIhttp://data.europa.eu/eli/dec/2000/258/oj
Published date30 March 2000
Date20 March 2000
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 79, 30 marzo 2000,Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 79, 30 de marzo de 2000,Journal officiel des Communautés européennes, L 79, 30 mars 2000
EUR-Lex - 32000D0258 - ES

2000/258/CE: Decisión del Consejo, de 20 de marzo de 2000, por la que se designa un instituto específico, responsable de fijar los criterios necesarios para la normalización de las pruebas serológicas de control de la eficacia de las vacunas antirrábicas

Diario Oficial n° L 079 de 30/03/2000 p. 0040 - 0042


Decisión del Consejo

de 20 de marzo de 2000

por la que se designa un instituto específico, responsable de fijar los criterios necesarios para la normalización de las pruebas serológicas de control de la eficacia de las vacunas antirrábicas

(2000/258/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 92/65/CEE del Consejo, de 13 de julio de 1992, por la que se establecen las condiciones de policía sanitaria aplicables a los intercambios y las importaciones en la Comunidad de animales, esperma, óvulos y embriones no sometidos, con respecto a estas condiciones, a las normativas comunitarias específicas a que se refiere la sección I del anexo A de la Directiva 90/425/CEE(1), y, en particular, el apartado 6 de su artículo 10,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1) La Directiva 92/65/CEE establece un sistema alternativo a la cuarentena para la introducción de determinados carnívoros domésticos en el territorio de algunos Estados miembros declarados libres de rabia. Con arreglo a este sistema, el control de la eficacia de la vacunación de estos animales se lleva a cabo mediante una valoración de anticuerpos.

(2) Para garantizar un sistema eficaz de control de los laboratorios que realicen estos análisis, conviene establecer una autorización comunitaria de estos últimos.

(3) La autorización de estos laboratorios debe estar coordinada por un laboratorio comunitario de referencia para estas cuestiones.

(4) El laboratorio de la Agence française de sécurité sanitaire des aliments de Nancy cumple las condiciones para ser designado laboratorio comunitario de referencia para estas cuestiones.

(5) Este laboratorio de referencia puede beneficiarse de una ayuda de la Comunidad, de conformidad con las condiciones establecidas en el artículo 28 de la Decisión 90/424/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a determinados gastos en el sector veterinario(2).

(6) Las medidas necesarias para la ejecución de la presente Decisión deben ser aprobadas de conformidad con la Decisión...

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