98/109/EC: Commission Decision of 2 February 1998 authorising Member States temporarily to take emergency measures against the dissemination of Thrips palmi Karny as regards Thailand

Published date03 February 1998
Subject MatterLegislazione fitosanitaria,Legislación fitosanitaria,Législation phytosanitaire
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 27, 03 febbraio 1998,Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 27, 03 de febrero de 1998,Journal officiel des Communautés européennes, L 27, 03 février 1998
EUR-Lex - 31998D0109 - ES

98/109/CE: Decisión de la Comisión de 2 de febrero de 1998 por la que se autoriza a los Estados miembros para adoptar medidas temporales de emergencia contra la propagación de Thrips palmi Karny respecto de Tailandia

Diario Oficial n° L 027 de 03/02/1998 p. 0047 - 0048


DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 2 de febrero de 1998 por la que se autoriza a los Estados miembros para adoptar medidas temporales de emergencia contra la propagación de Thrips palmi Karny respecto de Tailandia (98/109/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 77/93/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1976, relativa a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 97/14/CE (2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 15,

Considerando que, si un Estado miembro considera que existe un peligro inminente de introducción de Thrips palmi Karny procedente de un tercer país en su territorio, puede adoptar cuantas medidas adicionales temporales considere necesarias para protegerse de ese peligro;

Considerando que, tras haber interceptado Thrips palmi Karny en orquidáceas cortadas originarias de Tailandia, algunos Estados miembros han adoptado medidas oficiales para proteger el territorio de la Comunidad del peligro de introducción del citado organismo, estableciendo procedimientos especiales de vigilancia del mencionado organismo en el citado producto;

Considerando que las continuas detecciones de Thrips palmi Karny exigen la adopción de medidas de emergencia aplicables a toda la Comunidad para garantizar una protección más eficaz contra la introducción en la Comunidad de este organismo procedente del citado país; que estas medidas deben incluir el requisito de un certificado fitosanitario para las orquidáceas cortadas originarias de Tailandia, junto con una declaración oficial que atestigüe que el lugar de producción ha sido declarado libre de Thrips palmi Karny o que todo el lote ha sido sometido a un tratamiento de fumigación adecuado para garantizar la inexistencia de tisanópteros;

Considerando que, si se pone de manifiesto que las medidas de emergencia indicadas en el artículo 1 de la presente Decisión resultan...

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