Reglamento (CE) nº 1878/2003 de la Comisión, de 24 de octubre de 2003, por el que se abre una licitación para la determinación de la subvención por expedición de arroz descascarillado de grano largo B a la Isla de Reunión

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 1878/2003 DE LA COMISIÓN de 24 de octubre de 2003 por el que se abre una licitación para la determinación de la subvención por expedición de arroz descascarillado de grano largo B a la Isla de Reunión LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 3072/95 del Consejo, de 22 de diciembre de 1995, por el que se establece la organización común del mercado de arroz (1), cuya última modificación laconstituye el Reglamento (CE) no 411/2002 de la Comisión (2),

y, en particular, el apartado 1 de su artículo 10,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CEE) no 2692/89 de la Comisión (3),

modificado por el Reglamento (CE) no 1453/1999 (4),

establece las disposiciones de aplicación para los suministros de arroz a la Isla de Reunión.

(2) El examen de la situación del abastecimiento de la Isla de Reunión revela una falta de disponibilidad de arroz.

Teniendo en cuenta la disponibilidad de arroz en el mercado comunitario, es conveniente establecer las disposiciones oportunas para que la Isla de Reunión pueda abastecerse en dicho mercado. La situación especial de la Isla de Reunión aconseja que se limiten las cantidades exportadas y, por consiguiente, que se determine el importe de la subvención mediante licitación.

(3) En aplicación del artículo 14 del Reglamento (CE) no 2808/98 de la Comisión, de 22 de diciembre de 1998,

por el que se establecen las disposiciones de aplicación del régimen agromonetario del euro en el sector agrario (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 816/2003 (6), los importes de las ofertas presentadas en el marco de una licitación organizada en virtud deun acto relativo a la política agrícola común se expresarán en euros. El apartado 1 del artículo 5 del mismo Reglamento dispone que, en tal caso, el hecho generador del tipo de cambio agrícola es el último día de presentación...

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