Reglamento (UE) nº 1245/2009 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2009, por el que se establecen valores de importación a tanto alzado para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas
Section | Reglamento |
Issuing Organization | Comisión de las Comunidades Europeas |
ES
L 336/12 Diario Oficial de la Unión Europea 18.12.2009
V
(Actos adoptados a partir del 1 de diciembre de 2009, en virtud del Tratado de la Unión Europea, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y del Tratado Euratom)
ACTOS CUYA PUBLICACIÓN ES OBLIGATORIA
REGLAMENTO (UE) N o 1245/2009 DE LA COMISIÓN
de 17 de diciembre de 2009
por el que se establecen valores de importación a tanto alzado para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n o 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM)
( 1 ),
Visto el Reglamento (CE) n o 1580/2007 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2007, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los Reglamentos (CE) n o 2200/96, (CE) n o 2201/96 y (CE) n o 1182/2007 del Consejo en el sector de las frutas y hortalizas
( 2
), y, en particular, su artículo 138, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
El Reglamento (CE) n o 1580/2007 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores de importación a tanto alzado de terceros países correspondientes a los productos y períodos que figuran en el anexo XV, parte A, de dicho Reglamento.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
En el anexo del presente Reglamento quedan fijados los valores de importación a tanto alzado a que se refiere el artículo 138 del Reglamento (CE) n o 1580/2007.
El presente Reglamento entrará en vigor el 18 de diciembre de 2009.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 17 de diciembre de 2009.
Por la Comisión, en nombre del Presidente Jean-Luc DEMARTY
Director General de Agricultura y Desarrollo Rural
( 1 ) DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.
( 2 ) DO L 350 de 31.12.2007, p. 1.
ES
18.12.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 336/13
ANEXO
Valores de importación a tanto alzado para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas
(EUR/100 kg)
Código NC Código país tercero
( 1 ) Valor global de importación 0702 00 00 AL 44,1
MA 76,0 TN 125,1 TR 69,3 ZZ...
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