Directiva 2010/81/UE de la Comisión, de 25 de noviembre de 2010, por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo respecto a la ampliación del uso de la sustancia activa 2-fenilfenol

SectionDirective
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

26.11.2010 Diario Oficial de la Unión Europea L 310/11

ES

DIRECTIVAS DIRECTIVA 2010/81/UE DE LA COMISIÓN

de 25 de noviembre de 2010

por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo respecto a la ampliación del uso de la sustancia activa 2-fenilfenol

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 91/414/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, relativa a la comercialización de productos fitosanitarios

( 1

), y, en particular, su artículo 6, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) Mediante la Directiva 2009/160/UE de la Comisión

( 2

), se incluyó el 2-fenilfenol como sustancia activa en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE, con la indicación expresa de que los Estados miembros solo pueden autorizar usos de esta sustancia como fungicida poscosecha para interiores en drencher (ducha) de cabina.

(2) El 18 de junio de 2010 el notificante facilitó información sobre otras técnicas de aplicación como tratamientos por recubrimiento de cera, inmersión o cortina de espuma, a fin de suprimir la restricción de estos usos a las duchas (drencher) de cabina.

(3) España, designada Estado miembro ponente mediante el Reglamento (CE) n o 2229/2004 de la Comisión

( 3 ), evaluó la información adicional y remitió a la Comisión el 30 de julio de 2010 una adenda al proyecto de informe de evaluación sobre el 2-fenilfenol que se transmitió a los demás Estados miembros y a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) como circular para recibir observaciones. De los comentarios recibidos no se desprenden objeciones importantes y ningún Estado miembro ni la EFSA plantearon observaciones contrarias a la ampliación del uso propuesta. Los Estados miembros y la Comisión estudiaron el proyecto de informe de evaluación y la adenda en el Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal; este examen finalizó el 28 de octubre de 2010 con la adopción del informe de revisión del 2-fenilfenol de la Comisión.

(4) Conforme a la nueva información sobre las técnicas de aplicación presentada por el notificante y a la reevaluación efectuada por el Estado miembro ponente, cabe esperar que los productos fitosanitarios que contienen 2-fenilfenol se ajusten, en general, a las disposiciones del artículo 5, apartado 1, letras a) y b), de la Directiva 91/414/CEE, en especial en cuanto a los usos previstos como fungicida...

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