Reglamento (CE) nº 2271/2003 de la Comisión, de 22 de diciembre de 2003, relativo a la apertura para el año 2004 de contingentes arancelarios aplicables a la importación en la Comunidad Europea de determinados productos originarios de Rumania

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 2271/2003 DE LA COMISIÓN de 22 de diciembre de 2003 relativo a la apertura para el año 2004 de contingentes arancelarios aplicables a la importación en la Comunidad Europea de determinados productos originarios de Rumania LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 3448/93 del Consejo, de 6 de diciembre de 1993, por el que se establece el régimen de intercambios aplicable a determinadas mercancías resultantes de la transformación de productos agrícolas (1) y, en particular, el apartado 2 de su artículo 7,

Vista la Decisión 98/626/CE del Consejo, de 5 de octubre de 1998, relativa a la celebración del Protocolo para la adaptación de los aspectos comerciales del Acuerdo europeo entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte,

y Rumania, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Austria, de la República de Finlandia y del Reino de Suecia ala Unión Europea, así como los resultados de las negociaciones agrícolas de la Ronda Uruguay, incluida la mejora del actual régimen preferencial (2) y, en particular, el apartado 1 del artículo 2 de dicha Decisión,

Considerando lo siguiente:

(1) El Protocolo no 3 del Acuerdo europeo con Rumania,

relativo a los intercambios de productos agrícolas transformados, modificado por el Protocolo de adaptación de dicho Acuerdo, prevé la concesión de contingentes arancelarios anuales aplicables a la importación de productos originarios de dicho país. Conviene abrir dichos contingentes para 2004.

(2) El Reglamento (CEE) no 2454/93 de la Comisión, de 2 de julio de 1993, por el que se fijan determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) no 2913/92 del Consejo por el que se establece el código aduanero comunitario (3), establece disposiciones para la gestión de los contingentes arancelarios. Conviene establecer que los contingentes arancelarios abiertos en virtuddel presente Reglamento se gestionarán con arreglo a esas disposiciones.

(3) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de las cuestiones horizontales relativas al intercambio de productos agrícolas transformados no incluidos en el anexo I.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Del 1 de enero al 31 diciembre de 2004 quedarán abiertos los contingentes arancelarios anuales para los productos originarios de Rumania...

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