Reglamento (CE) nº 1536/2003 de la Comisión, de 29 de agosto de 2003, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2368/2002 del Consejo por el que se aplica el sistema de certificación del Proceso de Kimberley para el comercio internacional de diamantes en bruto

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 1536/2003 DE LA COMISIÓN de 29 de agosto de 2003 por el que se modifica el Reglamento (CE) no 2368/2002 del Consejo por el que se aplica el sistema de certificación del Proceso de Kimberley para el comercio internacional de diamantes en bruto LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 2368/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, por el que se aplica el sistema de certificación del Proceso de Kimberley para el comercio internacional de diamantes en bruto (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1214/2003 de la Comisión (2), y, en especial, su artículo 20,

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 20 del Reglamento (CE) no 2368/2002 prevé la modificación de la lista de participantes del sistema de certificación del Proceso de Kimberley, incluidos los miembros de la OMC y los territorios aduaneros independientes que satisfacen los requisitos dedicho sistema.

(2) La Presidencia del sistema de certificación del Proceso de Kimberley, a través de su Notificación de 31 de julio de 2003, ha proporcionado una lista actualizada de participantes en dicho sistema. La actualización de la lista,con efectos a partir del 1 de septiembre de 2003, se refiere en particular a la inclusión, como participante, de Croacia, así como a la exclusión de Argelia, Brasil,

Burkina Faso, Camerún, Chipre, Filipinas, Gabón, Ghana,

Malasia, Malí, Malta, México, Noruega, República Checa,

República Democrática Popular de Corea, Suazilandia,

Togo, Túnez, Turquía y Vietnam. Procede, por lo tanto,

modificar el anexo II de la manera correspondiente.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Elanexo II del Reglamento (CE) no 2368/2002 será sustituido por el anexo del presente Reglamento:

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de septiembre de 2003.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 29 de agosto de 2003.

Por la Comisión Christopher PATTEN Miembro de la Comisión

(1) DO L 358 de 31.12.2002, p. 28.

(2) DO L 169 de 8.7.2003, p. 30.

ANEXO «ANEXO II Lista de participantes en el sistema de certificación del Proceso de Kimberley y sus autoridades competentes debidamente designadas según lo dispuesto en los artículos 2, 3, 8, 9, 12, 17, 18, 19 y 20 ANGOLA Ministry of Geology and Mines Rua Hochi Min Luanda...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT