Asunto T-746/15: Recurso interpuesto el 22 de diciembre de 2015 — Biofa/Comisión

Sectioninformación judicial

15.2.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 59/46

Lengua de procedimiento: alemán

Demandante: Biofa AG (Münsingen, Alemania) (representantes: C. Stallberg y S. Knoblich, abogados)

Demandada: Comisión Europea

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

— Anule el Reglamento de Ejecución (UE) no 2015/2069 de la Comisión, de 17 de noviembre de 2015, por el que se aprueba la sustancia básica hidrogenocarbonato de sodio (DO L 301, de 18 de noviembre de 2015, p. 42).

— Condene en costas a la demandada.

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca siete motivos.

1. Primer motivo: menoscabo de la protección de datos — Los datos de la demandante relativos a su producto fitosanitario VitiSan® se encuentran amparados por la protección de datos prevista en el artículo 59 del Reglamento (CE) no 1107/2009. (1) Por lo tanto, el uso de estos datos para la aprobación del hidrogenocarbonato de sodio como sustancia básica menoscaba el derecho a la protección de datos de la demandante.

2. Segundo motivo: vulneración del principio de subsidiariedad del procedimiento para la aprobación de sustancias básicas — La aprobación del hidrogenocarbonato de sodio como sustancia básica vulnera el principio de subsidiariedad en materia fitosanitaria, dada la existencia de un producto fitosanitario autorizado de la demandante (VitiSan®) que contiene un principio activo comparable, el hidrogenocarbonato de potasio.

3. Tercer motivo: vulneración del principio de prioridad en el procedimiento de aprobación de sustancias básicas — En virtud del principio de prioridad, la solicitud de aprobación del hidrogenocarbonato de sodio como principio activo, presentada por la demandante, impide su aprobación como sustancia básica.

4. Cuarto motivo: menoscabo del derecho de propiedad de la demandante — El uso no autorizado de los datos de la demandante para la aprobación del hidrogenocarbonato de sodio como sustancia básica menoscaba su derecho de propiedad industrial, previsto en el artículo 17, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta»).

5. Quinto motivo: incumplimiento del principio de protección de la información comercial confidencial — El uso no autorizado de los datos de la demandante para la aprobación del hidrogenocarbonato de sodio como sustancia básica menoscaba, además, la...

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