2003/C 268 E/119E-0671/03 de Caroline Lucas a la Comisión Asunto: Pruebas con productos químicos

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

(2003/C 268 E/118) PREGUNTA ESCRITA E-0670/03 de Alexandros Alavanos (GUE/NGL) a la Comisión (7 de marzo de 2003) Asunto: Peajes en la autovía del Ática Tanto el importe de los peajes como el precio único de los peajes establecidos por la empresa contratista encargada de la construcción y explotación de la autovía del Ática en Atenas han provocado justificadas reacciones por parte de los ciudadanos usuarios de la obra, que se ven obligados a pagar elevados peajes uniformes, independientemente de la longitud del trayecto que realizan los automóviles. Con este tipo de tarificación, en el fondo, los habitantes de la zona quedan excluidos de la utilización de la autovía del Ática para trayectos de alcance local.

Dado que en el convenio de cesión de la obra firmado por el Gobierno griego y el consorcio concesionario se indica (en el subapartado 3 del apartado 1 del artículo 50) que el concesionario tiene la posibilidad de variar las tasas de los peajes según la categoría de los vehículos en diferentes barreras de peaje de las autopistas, mientras que en la Directiva 93/89/CEE (1 ) se determina que el peaje es 'el pago de un importe determinado por efectuar un vehículo un recorrido entre dos puntos de una de las infraestructuras (...), basado en la distancia recorrida y en la categoría del vehículo', ¿piensa la Comisión realizar gestiones ante las autoridades griegas y el concesionario de la obra con el fin de que se aplique el sistema más barato y flexible posible de tarificación de los peajes, de modo que se cumpla el objetivo del proyecto de la autovía del Ática cofinanciado por la UE, que es el servicio a los usuarios? (1) DO L 279 de 12.11.1993, p. 32.

Respuesta de la Sra. de Palacio en nombre de la Comisión (10 de abril de 2003) La Directiva 1999/62/CE (1 ) es el instrumento legislativo comunitario para la exacción de tasas, peajes y derechos de uso a camiones de más de 12 toneladas. Debe subrayarse que los Estados miembros que impongan peajes a los vehículos de menos de 12 toneladas no han de cumplir lo dispuesto en la Directiva 1999/62/CE ya que tales peajes no están comprendidos en su ámbito de aplicación.

Los principios de los peajes aplicables se han mantenido sin cambios en la Directiva, que sustituye a la Directiva 93/89/CEE del Consejo, de 25 de octubre de 1993, relativa a la aplicación por los Estados miembros de los impuestos sobre determinados tipos de vehículos utilizados para el transporte de mercancías por carretera, así como de los peajes y derechos de uso percibidos por la utilización de determinadas infraestructuras. Como bien señala Su Señoría, los peajes se definen como 'el pago de un importe determinado...

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