Reglamento (CE) nº 450/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, por el que se establece el código aduanero comunitario (código aduanero modernizado)

SectionReglamento
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

I (Actos adoptados en aplicación de los Tratados CE/Euratom cuya publicación es obligatoria) REGLAMENTOS REGLAMENTO (CE) No 450/2008 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de abril de 2008 por el que se establece el código aduanero comunitario (código aduanero modernizado) EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, sus artículos 26, 95, 133 y 135,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (2),

Considerando lo siguiente:

(1) La Comunidad Europea se basa en una unión aduanera. En interés de los operadores económicos y de las autoridades aduaneras de la Comunidad, es aconsejable reunir la legislación aduanera actual en un código aduanero comunitario (denominado en lo sucesivo 'el código'). Partiendo del concepto de un mercado interior, dicho código debe contener las disposiciones y procedimientos generales necesarios para garantizar la aplicación de las medidas arancelarias y de las demás políticas comunes que se establezcan a nivel comunitario para regular --habida cuenta de los requisitos de esas políticas-- el comercio de mercancías entre la Comunidad y los países y territorios situados fuera del territorio aduanero de esta. La normativa aduanera debe ajustarse mejor a las disposiciones que regulan la recaudación de los gravámenes a la importación, sin por ello alterar el alcance de las normas fiscales vigentes.

(2) De conformidad con la Comunicación de la Comisión que lleva por título 'Protección de los intereses financieros de las Comunidades. Lucha contra el fraude. Plan de Acción 2004-2005', es oportuno adaptar el marco jurídico para la protección de esos intereses.

(3) El Reglamento (CEE) no 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el código aduanero comunitario (3), se basó en la integración de los regímenes aduaneros que se habían aplicado por separado en cada Estado miembro durante la década de los años ochenta. Desde su adopción, dicho Reglamento ha sido modificado sustancialmente en repetidas ocasiones a fin de atender a necesidades concretas tales como la protección de la buena fe o la consideración de los requisitos de seguridad. Hoy, de nuevo, es preciso modificar el código para responder a los importantes cambios legales que han tenido lugar en los últimos años en los ámbitos comunitario e internacional, entre ellos, la expiración del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, la entrada en vigor de las Actas de adhesión de 2003 y 2005 o el Protocolo de Enmienda del Convenio Internacional para la Simplificación y Armonización de los Regímenes Aduaneros (denominado en lo sucesivo 'Convenio de Kioto revisado'), Protocolo al que se adhirió la Comunidad por la Decisión 2003/231/CE del Consejo (4).

Ha llegado el momento de racionalizar los regímenes aduaneros y de tener en cuenta el hecho de que las declaraciones y la tramitación electrónicas son ya la norma, y las declaraciones y la tramitación en papel la excepción. Por todos estos motivos, no basta...

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