Reglamento de Ejecución (UE) nº 1227/2013 de la Comisión, de 29 de noviembre de 2013, por el que se fija el coeficiente de asignación aplicable a las solicitudes de certificados de exportación de determinados productos lácteos que se exportarán a la República Dominicana al amparo del contingente al que se refiere el Reglamento (CE) nº 1187/2009

Enforcement date:December 03, 2013
SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

30.11.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 320/29

ES

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 1227/2013 DE LA COMISIÓN

de 29 de noviembre de 2013

por el que se fija el coeficiente de asignación aplicable a las solicitudes de certificados de exportación de determinados productos lácteos que se exportarán a la República Dominicana al amparo del contingente al que se refiere el Reglamento (CE) n o 1187/2009

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM)

( 1 ),

Visto el Reglamento (CE) n o 1187/2009 de la Comisión, de 27 de noviembre de 2009, por el que se establecen disposiciones específicas de aplicación del Reglamento (CE) n o 1234/2007 del Consejo en lo que respecta a los certificados de exportación y a las restituciones por exportación de leche y productos lácteos

( 2

), y, en particular, su artículo 31, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1) En el capítulo III, sección 3, del Reglamento (CE) n o 1187/2009 se determina el procedimiento para asignar certificados de exportación para ciertos productos lácteos que se exportarán a la República Dominicana al amparo del contingente abierto para ese país.

(2) Las normas de dicha sección, modificadas por el Reglamento de Ejecución (UE) n o 990/2013 de la Comisión

( 3 ), prevén la posibilidad de que los agentes económicos presenten solicitudes de certificados de exportación del 1 al 10 de noviembre en caso de que, tras el período de presentación de las solicitudes de certificado a que se refiere el artículo 29, párrafo primero, del Reglamento (CE) n o 1187/2009, siga quedando alguna cantidad disponible al amparo de la cuota. El artículo 2 del Reglamento de Ejecución (UE) n o 990/2013 especifica que la cantidad total restante, durante el ejercicio contingentario de 2013/14, asciende a 9 018 toneladas.

(3) Las solicitudes presentadas entre el 1 y el 10 de noviembre de 2013 para el período restante del ejercicio contingentario 2013/14 en curso suponen cantidades inferiores a las disponibles. En consecuencia, resulta oportuno, en virtud de lo dispuesto en el artículo 31, apartado 3, párrafo cuarto, del Reglamento (CE) n o 1187/2009, prever la asignación de las cantidades restantes. La expedición...

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