Commission Regulation (EC) No 562/98 of 12 March 1998 adjusting the special aid for the processing of sugar beet into white sugar in the Azores provided for in Article 25 of Regulation (EEC) No 1600/92

Published date13 March 1998
Subject MatterSugar
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 76, 13 March 1998
EUR-Lex - 31998R0562 - ES 31998R0562

Reglamento (CE) n° 562/98 de la Comisión de 12 de marzo de 1998 por el que se adapta el importe de la ayuda específica para la transformación de la remolacha en azúcar blanco en las Azores a que se refiere el artículo 25 del Reglamento (CEE) n° 1600/92

Diario Oficial n° L 076 de 13/03/1998 p. 0006 - 0006


REGLAMENTO (CE) N° 562/98 DE LA COMISIÓN de 12 de marzo de 1998 por el que se adapta el importe de la ayuda específica para la transformación de la remolacha en azúcar blanco en las Azores a que se refiere el artículo 25 del Reglamento (CEE) n° 1600/92

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 1600/92 del Consejo, de 15 de junio de 1992, sobre medidas específicas en favor de las Azores y Madeira relativas a determinados productos agrarios (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2348/96 (2), y, en particular, el párrafo segundo del apartado 2 de su artículo 25,

Considerando que, desde la campaña de comercialización 1992/93, se concede en determinadas condiciones una ayuda específica para la transformación en azúcar blanco de la remolacha cosechada en las Azores de 12,08 ecus por 100 kilogramos de azúcar, en virtud del apartado 2 del artículo 25 del Reglamento (CEE) n° 1600/92; que, según establece el párrafo segundo del apartado 2 del Reglamento (CEE) n° 1600/92, el importe de dicha ayuda puede adaptarse;

Considerando que el objetivo de esta medida es mejorar las condiciones de producción de la remolacha azucarera y las de competitividad de la industria azucarera local dentro de los límites de una producción global anual de 10 000 toneladas de azúcar blanco;

Considerando que la industria transformadora local puede producir azúcar blanco a partir de la remolacha local y del azúcar en bruto importado o enviado desde el resto de la Comunidad al amparo del régimen específico de abastecimiento establecido en el título I del Reglamento (CEE) n° 1600/92; que, en vista de ello, y para alcanzar los objetivos de la medida de manera que no se vea penalizada la competitividad de la industria que quiera abastecerse de remolacha cosechada en las Azores, procede adaptar el importe de la ayuda a partir de la campaña de comercialización 1998/99 con objeto de tener en cuenta las condiciones específicas de la transformación de la remolacha en las...

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