Commission Regulation (EC) No 2136/2003 of 5 December 2003 opening tendering procedure No 47/2003 EC for the sale of wine alcohol for new industrial uses

Published date06 December 2003
Subject MatterWine
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Union, L 321, 06 December 2003
EUR-Lex - 32003R2136 - ES

Reglamento (CE) n° 2136/2003 de la Comisión, de 5 de diciembre de 2003, por el que se abre una licitación de alcohol de origen vínico destinado a nuevos usos industriales n° 47/2003 CE

Diario Oficial n° L 321 de 06/12/2003 p. 0003 - 0004


Reglamento (CE) no 2136/2003 de la Comisión

de 5 de diciembre de 2003

por el que se abre una licitación de alcohol de origen vínico destinado a nuevos usos industriales n° 47/2003 CE

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 1493/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola(1),

Visto el Reglamento (CE) n° 1623/2000 de la Comisión, de 25 de julio de 2000, por el que se fijan las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n° 1493/1999 por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, en lo que respecta a los mecanismos de mercado(2), y, en particular, su artículo 80,

Considerando lo siguiente:

(1) En el Reglamento (CE) n° 1623/2000 se establecen, entre otras cosas, las disposiciones de aplicación de la salida al mercado de las existencias de alcohol, obtenidas tras las destilaciones contempladas en los artículos 27, 28 y 30 del Reglamento (CE) n° 1493/1999, que se encuentran en poder de los organismos de intervención.

(2) Conviene proceder a licitaciones de alcohol de origen vínico para destinarlo a nuevos usos industriales con el fin de reducir las existencias de alcohol vínico comunitario y permitir la realización en la Comunidad de proyectos industriales de reducidas dimensiones o la transformación en mercancías destinadas a la exportación con fines industriales. El alcohol vínico comunitario almacenado por los Estados miembros se compone de cantidades procedentes de las destilaciones contempladas en los artículos 27, 28 y 30 del Reglamento (CE) n° 1493/1999.

(3) Desde el Reglamento (CE) n° 2799/98 del Consejo, de 15 de diciembre de 1998, por el que se establece el régimen agromonetario del euro(3), los precios de las ofertas y las garantías deben expresarse en euros y los pagos deben efectuarse en euros.

(4) Procede fijar precios mínimos para la presentación de ofertas, diferenciados según la categoría de la utilización final.

(5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del vino.

HA...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT