Commission Regulation (EC) No 923/96 of 23 May 1996 altering the codes and descriptions of certain products included in Annex B to Council Regulation (EEC) No 1766/92 on the common organization of the market in cereals

Published date24 May 1996
Subject MatterAgriculture and Fisheries,Cereals
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 126, 24 May 1996
EUR-Lex - 31996R0923 - ES

Reglamento (CE) nº 923/96 de la Comisión, de 23 de mayo de 1996, por el que se adaptan los códigos y las designaciones de algunos productos que figuran en el Anexo B del Reglamento (CEE) nº 1766/92 del Consejo por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los cereales

Diario Oficial n° L 126 de 24/05/1996 p. 0037 - 0042


REGLAMENTO (CE) N° 923/96 DE LA COMISIÓN de 23 de mayo de 1996 por el que se adaptan los códigos y las designaciones de algunos productos que figuran en el Anexo B del Reglamento (CEE) n° 1766/92 del Consejo por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los cereales

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 234/79 del Consejo, de 5 de febrero de 1979, relativo al procedimiento de adaptación de la nomenclatura del Arancel Aduanero Común utilizado para los productos agrícolas (1), modificado por el Reglamento (CE) n° 3290/94 (2), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 2,

Visto el Reglamento (CEE) n° 1766/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los cereales (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1863/95 (4), y, en particular, el apartado 11 de su artículo 13,

Considerando que en el Anexo I del Reglamento (CE) n° 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al Arancel Aduanero Común (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 586/96 de la Comisión (6), figura la nomenclatura combinada actualmente vigente;

Considerando que algunos de los códigos y designaciones que figuran en el Anexo B del Reglamento (CEE) n° 1766/92 no corresponden ya a los de la nomenclatura combinada; que, por consiguiente, es conveniente modificar el Anexo B del Reglamento (CEE) n° 1766/92; que, en pro de la claridad, las modificaciones deben incorporarse en un Anexo que sustituya al Anexo B;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Anexo B del Reglamento (CEE) n° 1766/92 se sustituirá por el Anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario...

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