Commission Regulation (EC) No 1900/2000 of 7 September 2000 amending Regulation (EC) No 2342/1999 laying down detailed rules for the application of premium schemes in the beef and veal sector
Published date | 08 September 2000 |
Subject Matter | Beef and veal |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 228, 08 September 2000 |
Reglamento (CE) nº 1900/2000 de la Comisión, de 7 de septiembre de 2000, que modifica el Reglamento (CE) nº 2342/1999 por el que se establecen disposiciones de aplicación de los regímenes de primas en el sector de la carne de vacuno
Diario Oficial n° L 228 de 08/09/2000 p. 0025 - 0027
Reglamento (CE) no 1900/2000 de la Comisión
de 7 de septiembre de 2000
que modifica el Reglamento (CE) n° 2342/1999 por el que se establecen disposiciones de aplicación de los regímenes de primas en el sector de la carne de vacuno
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) n° 1254/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de vacuno(1) y, en particular, el apartado 5 de su artículo 11, el apartado 5 de su artículo 13, su artículo 20 y el segundo guión de su artículo 50,
Considerando lo siguiente:
(1) En lo que respecta al pago por extensificación previsto en el artículo 32 del Reglamento (CE) n° 2342/1999 de la Comisión, de 28 de octubre de 1999, que establece disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n° 1254/1999 del Consejo por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de vacuno, en lo relativo a los regímenes de primas(2), modificado por el Reglamento (CE) n° 1042/2000(3), la carga ganadera de la explotación se calcula teniendo en cuenta, en especial, el número de bovinos machos, vacas y novillas presentes en la misma durante el año civil en cuestión. En caso de epizootia, ningún animal puede abandonar la unidad de producción a raíz de una decisión de las autoridades veterinarias competentes prohibiendo todo movimiento fuera de la unidad de producción, salvo para ser sacrificado. Dichos animales se tienen en cuenta para calcular la carga ganadera de la explotación y, por esta razón, el productor puede verse excluido del beneficio del pago por extensificación. Para no penalizar al productor diligente por hechos independientes de su voluntad, en el momento de calcular la carga ganadera resulta conveniente aplicar, a partir de la introducción del nuevo régimen de primas, un coeficiente corrector a tanto alzado al número de unidades de ganado mayor (UGM) comprobado en la explotación durante el período considerado, más un plazo necesario para la salida de los animales, siempre que el productor cumpla determinadas obligaciones y sin que ello afecte al principio de la extensificación.
(2) En el artículo 4 del Reglamento (CEE) n° 3950/92 del Consejo, de 28 de diciembre de 1992, por el que se establece una tasa suplementaria en el sector de la leche y de los productos lácteos(4), modificado por el Reglamento (CE) n° 749/2000(5), y en el apartado 3 del artículo 16 del Reglamento (CE) n° 1255/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos(6), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE)...
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