Commission Regulation (EC) No 531/2002 of 22 March 2002 concerning tenders submitted in response to the invitation to tender for the export to certain third countries of wholly milled round grain A rice issued in Regulation (EC) No 2007/2001
Published date | 23 March 2002 |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 80, 23 March 2002 |
Reglamento (CE) n° 531/2002 de la Comisión, de 22 de marzo de 2002, relativo a las ofertas presentadas para la exportación de arroz blanqueado de grano redondo con destino a determinados terceros países en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) n° 2007/2001
Diario Oficial n° L 080 de 23/03/2002 p. 0018 - 0018
Reglamento (CE) no 531/2002 de la Comisión
de 22 de marzo de 2002
relativo a las ofertas presentadas para la exportación de arroz blanqueado de grano redondo con destino a determinados terceros países en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) n° 2007/2001
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) n° 3072/95 del Consejo, de 22 de diciembre de 1995, por el que se establece la organización común de mercados del arroz(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 411/2002(2) y, en particular, el apartado 3 de su artículo 13,
Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (CE) n° 2007/2001 de la Comisión(3), ha abierto una licitación para la restitución a la exportación de arroz.
(2) De acuerdo con el artículo 5 del Reglamento (CEE) n° 584/75 de la Comisión(4), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 299/95(5), la Comisión, basándose en las ofertas presentadas y, de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 22 del Reglamento (CE) n° 3072/95, podrá decidir no dar curso a la licitación.
(3) Teniendo en cuenta los criterios previstos en el artículo 13 del Reglamento (CE) n° 3072/95, no resulta conveniente proceder a la fijación de una restitución máxima.
(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
No se dará curso a las ofertas presentadas del 15 al 21 de marzo de 2002 en el marco de la licitación de la restitución a la exportación de arroz blanqueado de grano redondo con destino a determinados terceros países, contemplada en el Reglamento (CE) n° 2007/2001.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el 23 de marzo de 2002.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 22 de marzo de 2002.
Por la Comisión
Franz Fischler
Miembro de la Comisión
(1) DO L 329 de 30.12.1995, p...
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