Commission Regulation (EC) No 1005/2001 of 23 May 2001 opening an invitation to tender for the refund for the export of rye to all third countries
Published date | 24 May 2001 |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 140, 24 May 2001 |
Reglamento (CE) n° 1005/2001 de la Comisión, de 23 de mayo de 2001, relativo a la apertura de una licitación de la restitución a la exportación de centeno a todos los terceros países
Diario Oficial n° L 140 de 24/05/2001 p. 0010 - 0012
Reglamento (CE) no 1005/2001 de la Comisión
de 23 de mayo de 2001
relativo a la apertura de una licitación de la restitución a la exportación de centeno a todos los terceros países
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) n° 1766/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los cereales(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1666/2000(2),
Visto el Reglamento (CE) n° 1501/95 de la Comisión, de 29 de junio de 1995, por el que se establecen determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) n° 1766/92 del Consejo en lo que respecta a la concesión de las restituciones a la exportación y a las medidas que deben adoptarse en caso de perturbación en el sector de los cereales(3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 602/2001(4), y, en particular, su artículo 4,
Considerando lo siguiente:
(1) Teniendo en cuenta la situación actual en el mercado de cereales, resulta oportuno abrir, respecto del centeno, una licitación para la restitución o el gravamen a la exportación contemplada en el artículo 4 del Reglamento (CE) n° 1501/95.
(2) Las modalidades de aplicación del procedimiento de licitación han sido establecidas, en lo que se refiere a la fijación de la restitución a la exportación, por el Reglamento (CE) n° 1501/95. Entre los compromisos de la licitación figura la obligación de presentar una solicitud de certificado de exportación. Para garantizar la observancia de dicha obligación debe depositarse, al presentar la oferta, una fianza de licitación de 12 euros por tonelada.
(3) Es necesario establecer un plazo de validez específico de los certificados expedidos en virtud de esta licitación. Ese plazo debe corresponder a las necesidades del mercado mundial en la campaña 2001/02.
(4) Para garantizar un trato igual a todos los interesados, es necesario prever que el período de validez de los certificados expedidos sea idéntico.
(5) El buen desarrollo de un procedimiento de licitación para las exportaciones exige...
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