Commission Regulation (EC) No 2831/98 of 22 December 1998 amending Regulation (EC) No 1503/96 on the detailed rules for the application of Council Regulation (EC) No 3072/95 with regard to import duties on rice

Published date29 December 1998
Subject MatterRice
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 351, 29 December 1998
EUR-Lex - 31998R2831 - ES

Reglamento (CE) nº 2831/98 de la Comisión de 22 de diciembre de 1998 que modifica el Reglamento (CE) nº 1503/96 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 3072/95 del Consejo en lo que se refiere a los derechos de importación en el sector del arroz

Diario Oficial n° L 351 de 29/12/1998 p. 0025 - 0026


REGLAMENTO (CE) N° 2831/98 DE LA COMISIÓN de 22 de diciembre de 1998 que modifica el Reglamento (CE) n° 1503/96 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n° 3072/95 del Consejo en lo que se refiere a los derechos de importación en el sector del arroz

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 3072/95 del Consejo, de 22 de diciembre de 1995, por el que se establece la organización común del mercado del arroz (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2072/98 (2), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 11,

Considerando que el período de prueba fijado para la aplicación del sistema de cobro acumulativo (SCA) establecido por el Reglamento (CE) n° 703/97 de la Comisión (3), modificado por el Reglamento (CE) n° 1470/98 (4), con el fin de determinar los derechos plenos de importación del arroz descascarillado del código NC 1006 20 concluye el 31 de diciembre de 1998; que la evaluación de ese sistema, llevada a cabo de conformidad con el apartado 4 del artículo 10 del Reglamento (CE) n° 703/97, recomienda no prorrogar su aplicación más allá de la fecha indicada;

Considerando que las condiciones económicas actuales justifican, para determinar el precio representativo del arroz descascarillado índica en el mercado de Estados Unidos de América, un incremento de los precios registrados para las calidades de referencia recogidas en el anexo I del Reglamento (CE) n° 1503/96 de la Comisión (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1403/97 (6); que ese incremento puede aún ser objeto de una evaluación por parte de la Comisión; que es preciso modificar consiguientemente el citado Reglamento;

Considerando que el Comité de gestión de los cereales no ha emitido dictamen alguno en el plazo establecido por su Presidente,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) n° 1503/96 se sustituirá por el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El...

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