Commission Regulation (EEC) No 2604/90 of 7 September 1990 laying down detailed rules for the application of Council Regulation (EEC) No 1200/90 on the improvement of the Community production of apples and amending Regulation (EEC) No 3322/89 determining the operative events applicable in the fruit and vegetables sector

Published date08 September 1990
Subject MatterFruit and vegetables,Monetary measures in the field of agriculture
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 245, 8 September 1990
EUR-Lex - 31990R2604 - ES 31990R2604

REGLAMENTO (CEE) No 2604/90 DE LA COMISION de 7 de septiembre de 1990 por el que se establecen las disposiciones de aplicacion del Reglamento (CEE) no 1200/90, relativo al saneamiento de la produccion comunitaria de manzanas, y se modifica el Reglamento (CEE) no 3322/89, por el que se fijan los hechos generadores aplicables en el sector de las frutas y hortalizas

Diario Oficial n° L 245 de 08/09/1990 p. 0023 - 0024


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REGLAMENTO (CEE) No 2604/90 DE LA COMISIÓN

de 7 de septiembre de 1990

por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) no 1200/90, relativo al saneamiento de la producción comunitaria de manzanas, y se modifica el Reglamento (CEE) no 3322/89, por el que se fijan los hechos generadores aplicables en el sector de las frutas y hortalizas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 1200/90 del Consejo, de 7 de mayo de 1990, relativo al saneamiento de la producción comunitaria de manzanas (1) y, en particular, su artículo 6,

Visto el Reglamento (CEE) no 1676/85 del Consejo, de 11 de junio de 1985, relativo al valor de la unidad de cuenta y a los tipos de conversión que deben aplicarse en el marco de la política agrícola común (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 2205/90 (3), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 5,

Considerando que, con el fin de ajustarse a los objetivos del Reglamento (CEE) no 1200/90, conviene precisar los requisitos a los que esté supeditada la concesión de la prima por arranque de manzanos prevista en dicho Reglamento, en lo sucesivo denominada « prima por arranque »; que procede determinar a tal efecto las superficies y los árboles frutales a los que pueda afectar la operación de arranque, y fijar la cuantía de la prima por arranque;

Considerando que para garantizar la eficacia del régimen es indispensable concretar los datos que deben consignarse en la solicitud de concesión de la prima por arranque y comprobar la exactitud de estos datos;

Considerando que con el fin de evitar el riesgo de que se replanten los árboles arrancados, conviene prever la obligación de eliminar su aptitud para esta utilización;

Considerando que antes de abonar la prima por arranque es conveniente comprobar si éste se ha realizado efectivamente;

Considerando que...

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