Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) nº 70/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 70/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas (2002/C 117/02) (Texto pertinente a efectos del EEE) Ayuda no: XS/12/01

Estado miembro: Dinamarca Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe una ayuda individual: Iniciativa nacional de promoción del turismo, financiación estatal de las sociedades regionales de desarrollo turístico Fundamento jurídico: Los créditos están previstos en la Ley de finanzas de 2001

Gasto anual previsto en el marco del régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa: El importe total asignado por el Estado a la financiación básica de las sociedades regionales de desarrollo turístico se fija en principio en 30 millones de coronas danesas anuales durante un período de cinco años, de 2001 a 2005. Los créditos se fijan anualmente en la Ley de finanzas Intensidad máxima de la ayuda: El Ministerio de Comercio e Industria supedita el pago de las ayudas a las empresas a la condición de que una parte importante de las actividades en cuestión sean de interés público y que el resto de la ayuda, de acuerdo con el Reglamento (CE) no 70/2001 de la Comisión relativo a las ayudas estatales en favor de las pequeñas y medianas empresas y con el Reglamento (CE) no 68/2001 de la Comisión relativo a las ayudas a la formación, se destine a actividades elegibles La intensidad máxima de la ayuda para los servicios de consultoría es del 50 % Fecha de ejecución: A partir del 20 de febrero de 2001

Duración del régimen o de la concesión de ayuda individual: El régimen expira el 31 de diciembre de 2005

Objetivo de la ayuda: Las sociedades regionales de desarrollo se ocupan a su nivel de la acción global de promoción del turismo lanzada por el Estado. Tienen por función desarrollar y aplicar estrategias de desarrollo turístico en las regiones, en colaboración con las agencias de turismo privadas y los organismos públicos activos en el ámbito de la cultura y la protección de la naturaleza Esta iniciativa tiene como primer objetivo mantener estas sociedades en calidad de protagonistas regionales, con una cofinanciación del Estado allí donde las agencias de turismo y los organismos públicos activos en el ámbito de la cultura y la protección de la naturaleza desarrollen una estrategia común y lancen iniciativas de desarrollo comunes y útiles para el conjunto de la región Las actividades elegibles de acuerdo con el Reglamento (CE) no 70/2001 son los seminarios, las actividades de consultoría e información a las empresas, organizaciones, asociaciones, organismos culturales y de protección de la naturaleza que ejerzan actividades turísticas en la región, por ejemplo la organización de reuniones profesionales fuera del trabajo, conferencias, etc.

Sector o sectores económicos afectados: La iniciativa tiene por objeto general ayudar al sector del turismo y se destina en principio a todas las empresas, asociaciones, organizaciones y organismos culturales y de protección de la naturaleza que ejerzan actividades más o menos amplias en el ámbito del turismo Los beneficiarios directos de la ayuda son las sociedades regionales de desarrollo turístico de la sección 91 de la NACE (actividades asociativas) Dado que se trata de una iniciativa de gran amplitud, la ayuda se...

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