Reglamento (CE) nº 1139/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se derogan actos del Consejo que han quedado obsoletos

SectionReglamento
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

27.11.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 312/1

ES

I

(Actos adoptados en aplicación de los Tratados CE/Euratom cuya publicación es obligatoria)

REGLAMENTOS

REGLAMENTO (CE) N o 1139/2009 DEL CONSEJO

de 20 de noviembre de 2009

por el que se derogan actos del Consejo que han quedado obsoletos

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 133,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1) Mejorar la transparencia del Derecho comunitario es un elemento esencial de la estrategia para legislar mejor que las instituciones comunitarias están llevando a cabo. En este contexto, es preciso eliminar de la legislación en vigor aquellos actos que ya no tienen efecto real.

(2) La Decisión 91/373/CEE del Consejo, de 8 de julio de 1991, sobre la celebración por la Comunidad Económica Europea de un Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas relativo a un seguro de crédito a la exportación de productos agrarios y alimenticios de la Comunidad a la Unión Soviética

( 1 ), y el Reglamento (CEE) n o 599/91 del Consejo, de 5 de marzo de 1991, por el que se establece una garantía crediticia que cubra la exportación de productos agrícolas y alimenticios de la Comunidad, Bulgaria, Checoslovaquia, Hungría, Polonia, Rumanía, Yugoslavia, Lituania, Letonia y Estonia a la Unión Soviética

( 2

), deben ser derogados ya que el Acuerdo respondía a una situación temporal y ha agotado sus efectos.

(3) El Reglamento (CE) n o 3093/95 del Consejo, de 22 de diciembre de 1995, por el que se establecen los tipos de los derechos de aduana que debe aplicar la Comunidad, resultado de las negociaciones llevadas a cabo en virtud del apartado 6 del artículo XXIV del GATT, como consecuencia de la adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia a la Unión Europea

( 3 ), ha sido incorporado al

Reglamento (CEE) n o 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común

( 4 ), y, como consecuencia de ello, ha agotado sus efectos.

(4) La Decisión 96/620/CE del Consejo, de 1 de octubre de 1996, relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje Notas entre la Comunidad Europea y el Reino de Marruecos por el que se fija, a partir del 1 de enero de 1994, el importe suplementario que debe deducirse de la exacción reguladora o de los derechos de aduana, aplicable a las importaciones comunitarias de aceite de oliva sin tratar originario de Marruecos

( 5 ), aplicaba un Acuerdo que ha sido sustituido y la Decisión 2002/958/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2002, relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas, entre la Comunidad Europea y el Reino de Marruecos, por el que se establecen excepciones temporales, para la importación en la Comunidad de tomates originarios de Marruecos, a determinadas disposiciones del Protocolo agrícola n o 1 del Acuerdo euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra

( 6 ), tenían un carácter temporal, por lo que han agotado sus efectos.

(5) El Reglamento (CE) n o 1804/98 del Consejo, de 14 de agosto de 1998, por el que se establece un derecho autónomo aplicable a los residuos de la industria del almidón de maíz de los códigos NC 2303 10 19 y 2309 90 20 y se introduce un contingente arancelario para las importaciones de residuos de la industria del almidón de maíz (piensos de gluten de maíz) de los códigos NC 2303 10 19 y 2309 90 20 originarios de Estados Unidos de América

( 7 ), fue adoptado en el contexto de un litigio comercial con los Estados Unidos de América; al haberse resuelto ya ese litigio, el Reglamento (CE) n o 1804/98 ha dejado de ser pertinente.

( 1 ) DO L 202 de 25.7.1991, p. 39.

( 2 ) DO L 67 de 14.3.1991, p. 21.

( 3 ) DO L 334 de 30.12.1995, p. 1.

( 4 ) DO L 256 de 7.9.1987, p. 1.

( 5 ) DO L 277 de 30.10.1996, p. 35.

( 6 ) DO L 333 de 10.12.2002, p. 21.

( 7 ) DO L 233 de 20.8.1998, p. 1.

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