Council Regulation (EC) No 1673/1999 of 19 July 1999 fixing the monthly increases in the intervention price for paddy rice for the 1999/2000 marketing year

Published date30 July 1999
Subject MatterRice
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 199, 30 July 1999
EUR-Lex - 31999R1673 - ES

Reglamento (CE) nº 1673/1999 del Consejo, de 19 de julio de 1999, por el que se fijan, para la campaña de comercialización 1999/2000, los incrementos mensuales del precio de intervención del arroz con cáscara (paddy)

Diario Oficial n° L 199 de 30/07/1999 p. 0004 - 0004


REGLAMENTO (CE) N° 1673/1999 DEL CONSEJO

de 19 de julio de 1999

por el que se fijan, para la campaña de comercialización 1999/2000, los incrementos mensuales del precio de intervención del arroz con cáscara (paddy)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 3072/95 del Consejo, de 22 de diciembre de 1995, por el que se establece una organización común del mercado del arroz(1), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 3,

Vista la propuesta de la Comisión(2),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo(3),

Visto el dictamen del Comité Económico y Social(4),

Considerando que, al fijar el importe de los incrementos mensuales, procede tener en cuenta, por una parte, los gastos de almacenamiento y de financiación resultantes del almacenamiento del arroz en la Comunidad y, por otra parte, la necesidad de dar salida a las existencias de arroz de acuerdo con las necesidades del mercado,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Para la campaña de comercialización 1999/2000, el importe de cada uno de los incrementos mensuales previstos en el apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (CE) n° 3072/95 será igual a 2 euros por tonelada para el precio de intervención.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de septiembre de 1999.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 19 de julio de 1999.

Por el Consejo

El Presidente

K. HEMILÄ

(1) DO L 329 de 30.12.1995, p. 18; Reglamento cuya última modificación la constituye el el Reglamento...

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