Council Regulation (EEC) No 2074/92 of 30 June 1992 establishing an additional levy on the milk and milk- products sector

Published date30 July 1992
Subject MatterAgriculture and Fisheries,Milk products
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 215, 30 July 1992
EUR-Lex - 31992R2074 - ES 31992R2074

REGLAMENTO (CEE) No 2074/92 DEL CONSEJO de 30 de junio de 1992 por el que se establece una tasa suplementaria en el sector de la leche y los productos lácteos -

Diario Oficial n° L 215 de 30/07/1992 p. 0069 - 0069


REGLAMENTO (CEE) No 2074/92 DEL CONSEJO de 30 de junio de 1992 por el que se establece una tasa suplementaria en el sector de la leche y los productos lácteos

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 43,

Vista la propuesta de la Comisión (1),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),

Considerando que el Reglamento (CEE) no 856/84 del Consejo, por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 804/68, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y los productos lácteos (3), estableció un régimen de tasa suplementaria en ese sector aplicable a partir del 2 de abril de 1984; que dicho régimen, que se instauró para una duración de nueve años y, por lo tanto, vence el 31 de marzo de 1993, tiene por objeto reducir el desequilibrio entre la oferta y la demanda de leche y productos lácteos así como los excedentes estructurales que dicho desequilibrio ocasiona; que sigue siendo necesario en el futuro para lograr un mayor equilibrio del mercado; que, por lo tanto, es conveniente continuar aplicándolo durante otros siete períodos consecutivos de doce meses a contar desde el 1 de abril de 1993;

Considerando que, tanto para aprovechar la experiencia adquirida en la materia como para simplificar y clarificar el régimen con vistas a aumentar la seguridad jurídica de los productores y demás interesados, la Comisión ha propuesto al Consejo establecer mediante un Reglamento autónomo las normas básicas del régimen prorrogado, reduciendo su extensión y diversidad;

Considerando que, si bien la prolongación del régimen por otros siete años puede adoptarse formalmente sin demora, se ha considerado conveniente adoptar más adelante, pero antes del 31 de diciembre de 1992, la simplificación y codificación del régimen;

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

A partir del 1 de abril de 1993 y durante otros siete períodos consecutivos de doce meses, se establece con cargo a los productores de leche de vaca una tasa suplementaria por las cantidades de leche o de equivalentes de leche que se entreguen a un...

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