Decisión de la Comisión, de 29 de marzo de 2001, que modifica la Decisión 93/52/CEE por la que se reconoce que determinados Estados miembros o regiones cumplen las condiciones referentes a la brucelosis (Brucella melitensis) y se les concede la calificación de Estados miembros o regiones oficialmente indemnes de esta enfermedad [notificada con...

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas 11.4.2001L 100/28

DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 29 de marzo de 2001 que modifica la Decisión 93/52/CEE por la que se reconoce que determinados Estados miembros o regiones cumplen las condiciones referentes a la brucelosis (Brucella melitensis) y se les concede la calificación de Estados miembros o regiones oficialmente indemnes de esta enfermedad [notificada con el número C(2001) 952] (Texto pertinente a efectos del EEE) (2001/292/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 91/68/CEE del Consejo, de 28 de enero de 1991, relativa a las normas de policía sanitaria que regulan los intercambios intracomunitarios de animales de las especies ovina y caprina (1 ), cuya última modificación la constituye la Decisión 94/953/CE de la Comisión (2 ), y, en particular, la parte II del capítulo I de su anexo A,

Considerando lo siguiente:

(1) Mediante su Decisión 93/52/CEE (3), cuya última modificación la constituye la Decisión 97/315/CE (4), la Comisión reconoció que determinados Estados miembros y regiones cumplían las condiciones referentes a la brucelosis (Brucella melitensis) y les concedió la calificación de Estados miembros o regiones oficialmente indemnes de esta enfermedad.

(2) La brucelosis es una enfermedad de declaración obligatoria en Austria y en los departamentos franceses de Ardèche, Aveyron, Cantal, Corrèze, Gers, Gironde,

Haute-Loire, Lot, Lozère, Morbihan, Puy-de-Dôme y Vosges desde hace al menos cinco años. En estas zonas, no se ha confirmado oficialmente ningún caso de brucelosis desde hace al menos cinco años y la vacunación está prohibida desde hace al menos tres. Por consiguiente, procede reconocer que esas zonas cumplen las condiciones establecidas en la letra b) del apartado 1 de la parte II del capítulo 1 del anexo A de la Directiva 91/68/CEE.

(3) Así pues, Austria y los departamentos franceses de Ardèche, Aveyron, Cantal, Corrèze, Gers, Gironde,

Haute-Loire, Lot, Lozère, Morbihan, Puy-de-Dôme y Vosges cumplen los criterios para ser reconocidos oficialmente indemnes de brucelosis.

(4) Austria y Francia se comprometen a observar lo dispuesto en el apartado 2 de la parte II del capítulo 1 de la...

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