Decisión 2012/811/PESC del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, por la que se modifica la Decisión 2010/788/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Democrática del Congo

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

L 352/50 Diario Oficial de la Unión Europea 21.12.2012

ES

DECISIÓN 2012/811/PESC DEL CONSEJO

de 20 de diciembre de 2012

por la que se modifica la Decisión 2010/788/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Democrática del Congo

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 29,

Considerando lo siguiente:

(1) El 20 de diciembre de 2010, el Consejo aprobó la Decisión 2010/788/PESC

( 1

) relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Democrática del Congo.

(2) La Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (RCSNU) 2078 (2012), de 28 de noviembre de 2012, modifica los criterios para la designación de personas y entidades sujetas a las medidas restrictivas establecidas en los apartados 9 y 11 de la RCSNU 1807 (2008).

(3) La RCSNU 2078 (2012) también añadió una nueva excepción a las medidas recogidas en el apartado 9 de la RCSNU 1807 (2008).

(4) Los días 12 y 30 de noviembre de 2012, el Comité de Sanciones establecido en virtud de la RCSNU 1533 (2004) añadió nuevas personas a la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas.

(5) Es preciso modificar la Decisión 2010/788/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2010/788/PESC se modifica de la siguiente manera:

1) El artículo 3 se sustituye por el texto siguiente:

Artículo 3

Las medidas restrictivas establecidas en el artículo 4, apartado 1, y en el artículo 5, apartados 1 y 2, se impondrán contra las siguientes personas y, según proceda, entidades designadas por el Comité de Sanciones:

- las personas o entidades que actúen en contravención del embargo de armas y otras medidas afines contempladas en el artículo 1,

- los líderes políticos y militares de los grupos armados extranjeros que operan en la RDC que obstaculicen el desarme y la repatriación o el reasentamiento voluntarios de los combatientes pertenecientes a ellos,

- los líderes políticos y militares de las milicias congoleñas que reciben apoyo del exterior de la RDC que obstaculicen la participación de sus combatientes en los procesos de desarme, desmovilización y reintegración,

- los líderes políticos y militares que operan en la RDC que recluten o utilicen a niños en conflictos armados en contravención del Derecho internacional aplicable,

- los particulares o entidades que operan en la RDC y que cometan violaciones graves del...

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