Decisión de Ejecución (UE) 2017/847 de la Comisión, de 16 de mayo de 2017, por la que se concede la exención solicitada por Dinamarca de conformidad con la Directiva 91/676/CEE del Consejo, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura [notificada con el número C(2017) 2891]

SectionDecisión de ejecución
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

18.5.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 125/35

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura (1), y en particular su anexo III, punto 2, párrafo tercero,

Considerando lo siguiente:

(1) El 18 de noviembre de 2002, la Comisión adoptó la Decisión 2002/915/CE (2), por la que se concedía una exención solicitada por Dinamarca de conformidad con la Directiva 91/676/CEE, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura, autorizando la aplicación de estiércol animal con un contenido máximo de 230 kg de nitrógeno por hectárea y por año en determinadas explotaciones de ganado vacuno, en el marco del programa de acción danés para el período 1999-2003. La exención se prorrogó mediante la Decisión 2005/294/CE de la Comisión (3), en relación con el programa de acción danés para el período 2004-2007, mediante la Decisión 2008/664/CE de la Comisión (4), en relación con el programa de acción danés para el período 2008-2012, y mediante la Decisión de Ejecución 2012/659/UE de la Comisión (5), en relación con el programa de acción danés para el período 2008-2015.

(2) La exención concedida mediante la Decisión de Ejecución 2012/659/UE afectaba (en el período 2014/2015) a aproximadamente 1 500 explotaciones de ganado vacuno, 425 102 unidades de ganado y 205 165 hectáreas de tierras de cultivo, que corresponden, respectivamente, al 4,0 % del total de explotaciones, al 18,6 % del total de unidades de ganado y al 8,2 % del total de las tierras de cultivo en Dinamarca.

(3) El 4 de febrero de 2016, Dinamarca presentó a la Comisión una solicitud de prórroga de la exención con arreglo a lo dispuesto en el anexo III, punto 2, párrafo tercero, de la Directiva 91/676/CEE.

(4) Dinamarca dispone de un programa de acción que abarca el período de 2016 a 2018, de conformidad con el artículo 5 de la Directiva 91/676/CEE, mediante partes de la Orden n.o 1324, de 15 de noviembre de 2016, sobre ganado comercial, estiércol, ensilado, etc., de la Ley consolidada n.o 388, de 27 de abril de 2016, relativa al uso de fertilizantes y la cobertura vegetal en las explotaciones, y de la Orden n.o 1055, de 1 de julio de 2016, sobre el uso de fertilizantes en las explotaciones durante el período de planificación 2016/2017, un nuevo régimen específico de cultivos intermedios, parte obligatoria, como se establece en la Ley relativa al uso de fertilizantes y la cobertura vegetal en las explotaciones. Además, la legislación danesa incluye un nuevo Reglamento general sobre el fósforo, de conformidad con la Ley relativa a la aprobación medioambiental, etc. de explotaciones ganaderas y una Orden sobre ganado comercial, estiércol, ensilado, etc.

(5) La legislación danesa de transposición de la Directiva 91/676/CEE incluye límites para la aplicación de nitrógeno. La legislación que limita la aplicación de fósforo ya ha sido adoptada y entrará en vigor en agosto de 2017.

(6) El informe danés sobre el «Estado y tendencias del medio acuático y las prácticas agrarias» en relación con el período de 2012 a 2015 indica un excedente anual a escala nacional de 80 kg N/ha en 2014 y un vertido total de nitrógeno al mar procedente de la agricultura de aproximadamente un 70 % del total en 2012. Dinamarca calcula que la carga de nitrógeno terrestre vertida en aguas costeras debe pasar de 56,8 Mt a 44,7 Mt para alcanzar un buen estado ecológico.

(7) La legislación danesa debe incluir un sistema combinado específico de cultivos intermedios voluntarios y obligatorios para 2017 y 2018. En el marco de ese sistema, las disposiciones obligatorias para los cultivos intermedios deben entrar en vigor automáticamente si los acuerdos voluntarios para los cultivos intermedios no permiten alcanzar los objetivos medioambientales. Las superficies con cultivos intermedios deben sumarse al requisito nacional de cultivos intermedios obligatorios de conformidad con la ley danesa relativa a la utilización de fertilizantes y la cobertura vegetal en las explotaciones. Esas medidas son necesarias para garantizar que la aplicación de la exención actual no suponga un deterioro de la calidad del agua.

(8) La información facilitada por Dinamarca en el contexto de la exención concedida mediante la Decisión de Ejecución 2012/659/UE indica que dicha exención no ha supuesto un deterioro de la calidad del agua respecto a las superficies no cubiertas por la exención. Los datos facilitados por Dinamarca sobre la aplicación de la Directiva 91/676/CEE durante el período de 2012 a 2015 (6) muestran que en Dinamarca alrededor del 16 % de las estaciones de seguimiento de las aguas subterráneas presenta concentraciones medias de nitratos superiores a 50 mg/l y alrededor del 23 %, superiores a 40 mg/l. Los datos de seguimiento indican una tendencia estable de la concentración de nitratos en las aguas subterráneas respecto al período de referencia anterior (2008-2011). En relación con las aguas superficiales, la mayor parte de los puntos de seguimiento de esas aguas presentan unas concentraciones medias de nitratos inferiores a 50 mg/l y una tendencia estable de las concentraciones de nitratos. El informe que abarca el período de 2012 a 2015 señala que el estado de dos de las 119 aguas costeras se clasificó como «bueno».

(9) Tras examinar la solicitud de Dinamarca sobre la base de los elementos descritos en el anexo III, punto 2, párrafo tercero, de la Directiva 91/676/CEE y a la luz de la experiencia adquirida con la exención establecida en las Decisiones 2002/915/CE, 2005/294/CE, 2008/664/CE y la Decisión de Ejecución 2012/659/UE, la Comisión considera que la cantidad de estiércol prevista por Dinamarca, a saber, 230 kg de nitrógeno por hectárea y por año, no va a afectar a la consecución de los objetivos de la Directiva 91/676/CEE, siempre que se cumplan ciertas condiciones estrictas.

(10) En las explotaciones autorizadas a aplicar estiércol con un contenido máximo de 230 kg de nitrógeno por hectárea y por año, los planes de fertilización se actualizan de forma oportuna para garantizar la coherencia con prácticas agrícolas efectivas, y una cubierta vegetal permanente de las tierras de cultivo y los cultivos intermedios se utilizan para compensar las pérdidas de nitratos del subsuelo en otoño y limitar las pérdidas de nitrógeno en invierno.

(11) La Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (7) establece un enfoque transfronterizo amplio de la protección del agua, organizado en torno a las demarcaciones hidrográficas a fin de lograr un buen estado de las masas de agua europeas para 2015. La reducción de nutrientes es parte...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT