Decisión de Ejecución (UE) 2018/637 de la Comisión, de 20 de abril de 2018, por la que se modifica la Decisión 2009/766/CE, relativa a la armonización de las bandas de frecuencias de 900 MHz y 1 800  MHz para los sistemas terrenales capaces de prestar servicios paneuropeos de comunicaciones electrónicas en la Comunidad, en lo que se refiere a las condiciones técnicas pertinentes para la internet de las cosas [notificada con el número C(2018) 2261]

SectionDecisión de ejecución
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

25.4.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 105/27

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Decisión n.o 676/2002/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, sobre un marco regulador de la política del espectro radioeléctrico en la Comunidad Europea (Decisión espectro radioeléctrico) (1), y en particular su artículo 4, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1) El uso eficiente de las bandas de 900 MHz y 1 800 MHz ha sido revisado por los Estados miembros con vistas a incluir tecnologías adicionales y garantizar la compatibilidad técnica con el sistema GSM y otros sistemas inalámbricos de banda ancha a través de los medios adecuados, de conformidad con la Directiva 87/372/CEE del Consejo (2).

(2) La internet de las cosas (IoT) se refiere generalmente a la interconexión a través de internet de dispositivos incorporados a objetos cotidianos, que permiten intercambiar datos a dichos objetos. También puede realizarse una IoT inalámbrica a través de servicios de comunicaciones electrónicas basados en tecnologías celulares, que normalmente hacen uso de espectro sometido a licencia. Las aplicaciones de IoT inalámbrica se utilizan en una amplia gama de sectores industriales, como la energía o el automóvil, y dependen de la disponibilidad de espectro.

(3) En su hoja de ruta sobre el espectro radioeléctrico para la IoT (3), el Grupo de Política del Espectro Radioeléctrico (RSPG), creado por la Decisión 2002/622/CE de la Comisión (4), considera que las bandas de frecuencias designadas para los servicios de comunicaciones electrónicas (redes móviles) pueden utilizarse para aplicaciones y servicios emergentes de IoT. Las bandas de frecuencias armonizadas en la Unión y utilizadas por las redes móviles para la prestación de servicios terrenales de comunicaciones electrónicas inalámbricas de banda ancha pueden representar, por lo tanto, un recurso importante para la IoT inalámbrica. El RSPG llegó a la conclusión de que, en consonancia con el principio de neutralidad tecnológica, las condiciones técnicas armonizadas para el uso de estas bandas deberían tener en cuenta los requisitos de la IoT inalámbrica.

(4) El 14 de julio de 2017, la Comisión emitió, con arreglo al artículo 4, apartado 2, de la Decisión sobre el espectro radioeléctrico, un mandato a la Conferencia Europea de Administraciones de Correos y Telecomunicaciones (CEPT) a fin de que examinase las condiciones técnicas armonizadas para el uso de las bandas de 900 MHz y 1 800 MHz por los servicios terrenales de comunicaciones electrónicas inalámbricas de banda ancha a fin de permitir también su uso por la internet de las cosas. Este mandato señalaba en particular que, de acuerdo con el Informe 266 del Comité de Comunicaciones Electrónicas de la CEPT, no hay necesidad de modificar las condiciones técnicas basadas en el modo dúplex por división de frecuencia ni las condiciones técnicas menos...

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