Decisión de Ejecución (UE) 2020/1809 de la Comisión de 30 de noviembre de 2020 sobre algunas medidas de protección en relación con los brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en determinados Estados miembros [notificada con el número C(2020) 8591] (Texto pertinente a efectos del EEE)

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

1.12.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 402/144

(1) La gripe aviar es una enfermedad vírica infecciosa de las aves. En las aves de corral domésticas y otras aves cautivas, la infección por los virus de la gripe aviar causa dos formas principales de esta enfermedad, que se distinguen por su virulencia. La forma de baja patogenicidad suele causar solamente síntomas leves, mientras que la forma de alta patogenicidad provoca una mortalidad muy elevada en la mayoría de las especies de aves. Esta enfermedad puede tener repercusiones graves en la rentabilidad de la cría de aves de corral.

(2) Desde 2005 se ha observado que los virus de la gripe aviar de alta patogenicidad (GAAP) del subtipo H5 son capaces de infectar a aves migratorias que, posteriormente, pueden propagar estos virus a largas distancias durante sus migraciones de otoño y primavera.

(3) En caso de brote de GAAP, existe el riesgo de que el agente patógeno se propague a otras explotaciones de aves de corral u otras aves cautivas.

(4) La Directiva 2005/94/CE establece una serie de medidas preventivas relacionadas con la vigilancia y la detección temprana de la gripe aviar, así como las medidas mínimas de control que deben aplicarse en caso de brote de dicha enfermedad en aves de corral u otras aves cautivas. Dicha Directiva dispone el establecimiento de zonas de protección y de vigilancia en caso de brote de GAAP. Esta regionalización se aplica especialmente para preservar la situación sanitaria de las aves de corral y otras aves cautivas en el resto del territorio del Estado miembro afectado y de toda la Unión. Las medidas establecidas en estas zonas impiden una mayor propagación de la infección vigilando minuciosamente y limitando los movimientos de las aves de corral y otras aves cautivas y el uso de productos que pudieran estar contaminados con el agente patógeno, y garantizando la detección temprana de la enfermedad.

(5) Entre diciembre de 2019 y junio de 2020, Bulgaria, Chequia, Alemania, Hungría, Polonia, Rumanía y Eslovaquia notificaron a la Comisión brotes de GAAP del subtipo H5N8 en explotaciones de aves de corral u otras aves cautivas, situadas en su territorio.

(6) En aras de la claridad y la coordinación a escala de la Unión y para mantener informados de la evolución de la situación epidemiológica actual a los Estados miembros, los terceros países y las partes interesadas, se adoptó la Decisión de Ejecución (UE) 2020/47 de la Comisión (4) a fin de reunir en un único acto de la Unión todas las zonas de protección y de vigilancia establecidas por las autoridades competentes de los Estados miembros afectados por brotes de GAAP del subtipo H5N8, en explotaciones situadas en sus territorios de conformidad con la Directiva 2005/94/CE.

(7) La situación epidemiológica con respecto a la GAAP mejoró entre julio y septiembre de 2020, período durante el cual no se confirmaron brotes en aves de corral u otras aves cautivas ni detecciones de GAAP en aves silvestres en la Unión.

(8) Desde octubre de 2020, a raíz de la llegada de aves silvestres migratorias durante las migraciones de otoño, Alemania y los Países Bajos han confirmado brotes de GAAP del subtipo H5N8 en explotaciones de aves de corral u otras aves cautivas, situadas en su territorio. En estos Estados miembros, antes de detectarse en explotaciones de aves de corral u otras aves cautivas, el virus causante de la enfermedad se había detectado primero en diversas especies de aves silvestres. Para hacer frente a estos casos de GAAP del subtipo H5N8 en Alemania y los Países Bajos, la Comisión adoptó varias Decisiones de Ejecución de la Comisión por las que se establecían medidas de protección provisionales dirigidas a estos Estados miembros.

(9) El virus de la GAAP de subtipo H5N8 se sigue detectando en un elevado número de aves silvestres en Alemania y los Países Bajos. Bélgica, Dinamarca e Irlanda también han identificado el mismo virus de la GAAP de subtipo H5N8 en aves silvestres en su territorio. Además, el Reino Unido ha confirmado asimismo brotes de GAAP del subtipo H5N8 en explotaciones de corral u otras aves cautivas, y también ha detectado el virus en aves silvestres, en su territorio. Recientemente, Dinamarca, Francia, Croacia, Polonia y Suecia también han confirmado brotes de GAAP del subtipo H5N8 en explotaciones de aves de corral u otras aves cautivas, situadas en su territorio.

(10) Por otro lado, se han detectado virus de la GAAP de subtipo H5N1 y H5N5 en los Países Bajos y Alemania, respectivamente.

(11) Es sabido que las aves silvestres, en particular las aves acuáticas migratorias silvestres, son los hospedadores naturales de los virus de la gripe aviar. La presencia de diferentes subtipos del virus de la GAAP en las aves silvestres es frecuente y representa una amenaza permanente en lo que respecta a la introducción directa e indirecta de estos virus en explotaciones de aves de corral u otras aves cautivas, con el riesgo de la posible propagación subsiguiente del virus de la gripe aviar de una explotación infectada a otras explotaciones. Además, hace que aumenten el riesgo de redistribución genómica y la aparición de nuevos subtipos del virus.

(12) Habida cuenta de la evolución de la situación epidemiológica de los virus de la GAAP en la Unión, y del carácter estacional de la circulación del virus en las aves silvestres, existe el riesgo de que en los próximos meses se produzcan nuevos brotes de otros subtipos de gripe aviar de alta patogenicidad en la Unión. Por consiguiente, la Comisión y los Estados miembros evalúan la situación epidemiológica y revisan las medidas de protección constantemente.

(13) Las medidas de protección establecidas en la presente Decisión deben adaptarse a partir de las establecidas en la Decisión de Ejecución (UE) 2020/47 a fin de garantizar que son adecuadas para cubrir el nivel de los riesgos asociados a la situación epidemiológica actual y no imponen a los operadores una carga desproporcionada respecto a los riesgos de la propagación de la GAAP. Por tanto, estas nuevas medidas de protección deben tener en cuenta los distintos niveles de riesgo asociados a los movimientos de diferentes productos de aves de corral.

(14) En el artículo 26, apartado 1, y el artículo 30, letra c), inciso iv), de la Directiva 2005/94/CE se establecen las condiciones en las que las autoridades competentes de los Estados miembros pueden autorizar el transporte directo de huevos para incubar desde una explotación situada en una zona de protección o de vigilancia hasta una incubadora designada, siempre que se cumplan determinadas condiciones. El transporte directo de estos huevos para incubar desde la incubadora designada a un establecimiento de fabricación de vacunas no representa mayor riesgo que si estos huevos se transportaran directamente desde la explotación de origen de la manada parental de la que proceden al establecimiento de fabricación de vacunas, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la presente Decisión.

(15) Los huevos para incubar son un componente importante en la fabricación de vacunas especializada, incluidas las vacunas contra la gripe. La fabricación de vacunas requiere el uso de huevos para incubar obtenidos de manadas parentales sin gérmenes patógenos específicos, así como el cumplimiento de estrictas medidas de bioprotección y bioseguridad. Además, el proceso de producción de vacunas elimina el riesgo de gérmenes patógenos, incluidos los virus de la gripe aviar. Por tanto, puede considerarse que el transporte directo de huevos para incubar desde el establecimiento de origen o desde una incubadora designada a un establecimiento de fabricación de vacunas es una actividad con un riesgo muy bajo de propagación de los virus de la GAAP.

(16) Las restricciones al desplazamiento de partidas de huevos para incubar desde zonas de protección y de vigilancia, como contemplan los artículos 22 y 30 de la Directiva 2005/94/CE pueden, en el caso de los desplazamientos a establecimientos de fabricación de vacunas, ocasionar perturbaciones en la cadena de suministro ya consolidada para la producción de vacunas contra la gripe humana en un período de gran demanda de dichos productos en el mercado y, en consecuencia, plantear problemas desde el punto de vista sanitario por lo que se refiere a la disponibilidad de dichas vacunas en los próximos meses.

(17) Por lo tanto, en determinadas condiciones, debe permitirse el transporte directo de huevos para incubar desde establecimientos de origen o incubadoras designadas, situados en las zonas de protección y de vigilancia, a los establecimientos de fabricación de vacunas. En estos casos, los certificados zoosanitarios previstos con arreglo a la Directiva 2009/158/CE del Consejo (5) deben incluir una referencia a la presente Decisión.

(18) La Directiva 2009/158/CE establece las normas sanitarias que rigen los intercambios dentro de la Unión de aves de corral y huevos para incubar, incluidos los certificados sanitarios que deben acompañar a los envíos de esos productos a otros Estados miembros. El artículo 6 de la mencionada Directiva establece que, para poder ser objeto de intercambios dentro de la Unión, los huevos para incubar deben proceder de granjas que estén situadas fuera de una zona sometida, por razones zoosanitarias, a medidas restrictivas con arreglo a la legislación de la Unión debido al brote de una enfermedad que pueda afectar a las aves de corral. A fin de verificar el cumplimiento de los requisitos de la presente Decisión, es adecuado que los certificados veterinarios que deben acompañar a las partidas de huevos para incubar, contemplados en el artículo 20 de la Directiva 2009/158/CE, incluyan una referencia a la presente Decisión.

19) Habida cuenta de que el transporte directo de huevos para incubar a un establecimiento de fabricación de vacunas supone un riesgo muy bajo de propagación de la GAAP, las autoridades competentes de los Estados miembros que deben establecer...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT