Decisión (PESC) 2018/2009 del Consejo, de 17 de diciembre de 2018, por la que se modifica y prorroga la Decisión 2013/233/PESC sobre la Misión de la Unión Europea de asistencia y gestión integrada de las fronteras en Libia (EUBAM Libia)

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

18.12.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 322/25

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 22 de mayo de 2013, el Consejo adoptó la Decisión 2013/233/PESC (1) por la que se establece la Misión de la Unión Europea de asistencia y gestión integrada de las fronteras en Libia (EUBAM Libia).

(2) El 17 de julio de 2017, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2017/1342 (2), por la que se prorroga el mandato de la EUBAM Libia hasta el 31 de diciembre de 2018 y se establece un importe de referencia financiera hasta el 30 de noviembre de 2017.

(3) El 20 de noviembre de 2017, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2017/2162 (3) por la que se establece un importe de referencia financiera hasta el 31 de diciembre de 2018.

(4) El Comité Político y de Seguridad recomendó, tras la revisión estratégica de la operación EUNAVFOR MED SOPHIA, de la EUBAM Libia y de la Célula de Planeamiento y Enlace con la UE, que el mandato se modificase y se prorrogase hasta el 30 de junio de 2020.

(5) La Decisión 2013/233/PESC del Consejo debe modificarse y prorrogarse en consecuencia.

(6) La EUBAM Libia se llevará a cabo en el contexto de una situación que puede deteriorarse y que podría obstaculizar el logro de los objetivos de la acción exterior de la Unión que se indican en el artículo 21 del Tratado.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

La Decisión 2013/233/PESC se modifica como sigue:

1) Los artículos 2 y 3 se sustituyen por el texto siguiente:

«Artículo 2 Objetivos La EUBAM Libia tendrá como objetivos ayudar a las autoridades libias en el desarrollo de las estructuras de seguridad del Estado, en especial en los ámbitos de la gestión fronteriza, los medios coercitivos para el cumplimiento de la ley y la justicia penal, a fin de contribuir a las iniciativas de desarticulación de las redes de delincuencia organizada dedicadas al tráfico ilícito de migrantes, a la trata de seres humanos y al terrorismo en Libia y en la zona del Mediterráneo central.
Artículo 3 Funciones
1. A fin de cumplir los objetivos fijados en el artículo 2, la EUBAM Libia: a) apoyará el establecimiento de un marco más amplio de gestión fronteriza, en particular a través del desarrollo de un libro blanco relativo a una estrategia de gestión integrada de las...

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