Decisión (UE) 2018/881 del Consejo, de 18 de junio de 2018, por la que se insta a la Comisión a que presente un estudio acerca de las opciones de las que dispone la Unión para dar respuesta a las conclusiones del Comité de Cumplimiento del Convenio de Aarhus en relación con el asunto ACCC/C/2008/32 y, si resulta adecuado a la luz de los resultados del estudio, una propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifique el Reglamento (CE) n.o 1367/2006

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

19.6.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 155/6

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 241,

Visto el Acuerdo interinstitucional de 13 de abril de 2016 sobre la mejora de la legislación (1), y en particular su apartado 10 relativo a la aplicación de los artículos 225 y 241 del TFUE,

Considerando lo siguiente:

(1) El 17 de febrero de 2005 se aprobó, en nombre de la Comunidad Europea, el Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente (2) (en lo sucesivo, «Convenio de Aarhus»), mediante la Decisión 2005/370/CE del Consejo (3). El Convenio de Aarhus contribuye a los objetivos de política de la Unión en materia de medio ambiente, según se recogen en el artículo 191 del TFUE.

(2) La Unión incorporó las obligaciones del Convenio respecto a sus instituciones y órganos, principalmente por medio del Reglamento (CE) n.o 1367/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo (4).

(3) En consonancia con el carácter no conflictivo, no judicial y consultivo del sistema para examinar el cumplimiento que establece el artículo 15 del Convenio de Aarhus, se estableció el Comité de Cumplimiento del Convenio de Aarhus (en lo sucesivo, «Comité»). El Comité es competente para examinar el cumplimiento del Convenio de Aarhus por las Partes.

(4) El 17 de marzo de 2017, la Unión recibió las conclusiones del Comité en el asunto ACCC/C/2008/32, sobre el acceso a la justicia a nivel de la Unión (en lo sucesivo, «conclusiones»). En el apartado 123 de las conclusiones, el Comité sostuvo que «la Parte en cuestión incumplía lo dispuesto en el artículo 9, apartados 3 y 4, del Convenio respecto al acceso de los miembros del público a la justicia, porque ni el Reglamento de Aarhus ni la jurisprudencia del TJUE aplicaban o cumplían las obligaciones resultantes de dichos apartados». Basándose en las conclusiones, la Mesa del Convenio de Aarhus preparó el proyecto de Decisión VI/8f relativa al cumplimiento por la Unión Europea de sus obligaciones en virtud del Convenio (en lo sucesivo, «proyecto de Decisión VI/8f»).

(5) El 17 de julio de 2017, el Consejo adoptó la Decisión (UE) 2017/1346 (5) relativa a la posición que deberá adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el sexto periodo de sesiones de la Reunión de las Partes en el Convenio de Aarhus (en lo sucesivo, «Reunión de las Partes») con...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT