Decisión (UE) 2021/1940 del Consejo, de 9 de noviembre de 2021, relativa a la suspensión parcial del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Bielorrusia sobre la facilitación de la expedición de visados

SectionSerie L
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

10.11.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 396/58

(1) El Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Bielorrusia sobre la facilitación de la expedición de visados (en lo sucesivo, «Acuerdo de facilitación») entró en vigor el 1 de julio de 2020, paralelamente al Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Bielorrusia sobre readmisión de residentes en situación ilegal (2) (en lo sucesivo, «Acuerdo de readmisión»).

(2) El Acuerdo de facilitación tiene por objeto facilitar, sobre una base de reciprocidad, la expedición de visados a los ciudadanos de la Unión y de Bielorrusia para estancias de duración prevista no superior a 90 días en cualquier período de 180 días. El Acuerdo de facilitación contribuye a mejorar los contactos interpersonales y compartir valores, incluido el respeto a los derechos humanos y los principios democráticos.

(3) De conformidad con su artículo 14, apartado 5, cualquiera de las Partes puede suspender total o parcialmente el Acuerdo de facilitación. La decisión de suspensión debe notificarse a la otra Parte como mínimo 48 horas antes de que surta efecto. En cuanto desaparezcan las razones de dicha suspensión, la Parte que haya tomado la decisión debe informar inmediatamente a la otra Parte.

(4) En respuesta a la represión brutal y continuada contra todos los segmentos de la sociedad en Bielorrusia, y en particular al secuestro de un avión de pasajeros el 23 de mayo de 2021, la Unión prohibió a las compañías aéreas bielorrusas sobrevolar el territorio de la Unión y acceder a los aeropuertos de la Unión, e introdujo el cuarto paquete de sanciones contra personas físicas y jurídicas, entidades y organismos así como sanciones económicas específicas mediante el Reglamento (CE) n.o 765/2006 del Consejo (3) y la Decisión 2012/642/PESC del Consejo (4).

(5) En respuesta a tales medidas restrictivas, Bielorrusia tomó represalias el 28 de junio de 2021 anunciando la suspensión de su participación en la Asociación Oriental y la suspensión del Acuerdo de readmisión. El 8 de septiembre de 2021 se presentó en el Parlamento de Bielorrusia un proyecto de ley relativo a la suspensión del Acuerdo de readmisión.

(6) Al mismo tiempo, Lituania y, más recientemente, Polonia y Letonia han experimentado un aumento sin precedentes de los flujos migratorios irregulares procedentes de Bielorrusia. Dicho aumento repentino induce a pensar que el régimen bielorruso está fomentando la migración irregular con fines políticos, y en...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT