Decisión de la Comisión, de 10 de octubre de 2011, que modifica la Decisión 2007/602/CE por la que se constituye un Grupo de diálogo con las partes interesadas en los ámbitos de la salud pública y la protección de los consumidores

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 11.10.2011

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 10 de octubre de 2011

que modifica la Decisión 2007/602/CE por la que se constituye un Grupo de diálogo con las partes interesadas en los ámbitos de la salud pública y la protección de los consumidores

(2011/C 299/07)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 169,

Considerando lo siguiente:

El artículo 169 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) encomienda a la Unión la tarea de garantizar a los consumidores un alto nivel de protección, así como de promover su derecho a la información y a organizarse para salvaguardar sus intereses.

La Decisión 2007/602/CE de la Comisión ( 1 ) establece, con efectos a partir del 10 de octubre de 2007, un Grupo de diálogo con las partes interesadas en los ámbitos de la salud pública y la protección de los consumidores para asesorar a la Comisión sobre las mejores prácticas en el proceso de consulta y ayudarla a adaptar sus procesos de participación de las partes interesadas a las necesidades de estas en los ámbitos mencionados anteriormente.

De conformidad con el artículo 3, apartado 4, de dicha Decisión, los miembros del Grupo serán nombrados por un periodo de cuatro años renovable. Sin embargo, y únicamente para el primer nombramiento de miembros, la mitad de ellos serán nombrados por un periodo de dos años no renovable. La Comisión estableció un mandato más breve para la mitad de los miembros a fin de limitar los problemas relacionados con la sustitución completa de los miembros del Grupo.

La Comisión nombró a los miembros del Grupo de diálogo con las partes interesadas mediante su Decisión 2007/793/CE ( 2

) y especificó sus mandatos respectivos mediante su Decisión 2009/783/CE ( 3 ). Como consecuencia de ello, el mandato de diez miembros se fijó en cuatro años, desde el 29 de noviembre de 2007 hasta el 29 de noviembre de 2011, y se nombró a diez nuevos miembros por un periodo completo de cuatro años, que finaliza en noviembre de 2013.

El Grupo de diálogo con las partes interesadas ha avanzado considerablemente en su trabajo de elaboración de

un Código de buenas prácticas para las consultas de la Dirección General de Salud y Consumidores. La renovación de la composición del grupo en este momento perturbaría este proceso y su continuidad.

(6) La experiencia ha mostrado que la composición actual del Grupo de...

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