Dictamen del Banco Central Europeo, de 11 de mayo de 2018, sobre una propuesta de Directiva del Consejo por la que se establecen disposiciones para reforzar la responsabilidad fiscal y la orientación presupuestaria a medio plazo en los Estados miembros (CON/2018/25)

Sectiondictamen
Issuing OrganizationBanco Central Europeo

25.7.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 261/1

El 1 de febrero de 2018 el Banco Central Europeo (BCE) recibió del Consejo de la Unión Europea una solicitud de dictamen sobre una propuesta de Directiva del Consejo por la que se establecen disposiciones para reforzar la responsabilidad fiscal y la orientación presupuestaria a medio plazo en los Estados miembros (1) (en lo sucesivo, l«Directiva propuesta»).

La competencia consultiva del BCE se basa en el artículo 127, apartado 4, y en el artículo 282, apartado 5, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), puesto que la Directiva propuesta interesa al objetivo principal del Sistema Europeo de Bancos Centrales de mantener la estabilidad de precios, establecido en el artículo 127, apartado 1, y en el artículo 282, apartado 2, del Tratado, así como en el artículo 2 de los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo (en lo sucesivo, los «Estatutos del SEBC»). Asimismo, la competencia consultiva del BCE respecto de la Directiva propuesta se basa en el artículo 126, apartado 14, del TFUE, que constituye el fundamento jurídico de dicha Directiva y conforme al cual el Consejo adoptará por unanimidad con arreglo a un procedimiento legislativo especial, y previa consulta al Parlamento Europeo y al BCE, las disposiciones apropiadas que sustituyan al Protocolo (n.o 12) sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, anejo al TFUE y al Tratado de la Unión Europea. De conformidad con la primera frase del artículo 17.5 del Reglamento interno del Banco Central Europeo, el presente dictamen ha sido adoptado por el Consejo de Gobierno.

1.1. La crisis económica y financiera ha demostrado claramente que una reforma ambiciosa de las normas de gobierno económico es radicalmente beneficiosa para la Unión Europea, los Estados miembros y, en particular, la zona del euro (2). El Pacto de Estabilidad y Crecimiento (PEC), aplicado y reforzado a través de derecho derivado mediante el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo (3) y el Reglamento (CE) n.o 1467/97 del Consejo (4), estableció un marco más sólido de coordinación y supervisión de la política económica y fiscal en la Unión (5).

1.2. En consonancia con la posición expresada en el contexto de la adopción de los actos jurídicos anteriormente mencionados, el BCE celebra la Directiva propuesta, cuya finalidad es integrar el contenido del Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza (TECG) en el marco jurídico de la Unión. La Directiva propuesta constituye la materialización del artículo 16 del TECG, que prevé la incorporación de su contenido en el marco jurídico de la Unión en el plazo de cinco años posteriores a su entrada en vigor, esto es, el 1 de enero de 2018 (6). La Comisión Europea ha interpretado el contenido del TECG como parte integrante del denominado «pacto presupuestario» (7). El BCE considera que deben realizarse varias modificaciones en la Directiva propuesta a fin de reforzar la responsabilidad fiscal de los Estados miembros, simplificar el marco jurídico y velar por la aplicación y el cumplimiento efectivos de las normas presupuestarias en el ámbito nacional y de la Unión.

2.1.1. La Directiva propuesta aspira a simplificar el régimen jurídico y velar por una supervisión más efectiva y sistemática de la aplicación y del cumplimiento de las normas presupuestarias en el ámbito nacional y de la Unión, como parte del marco de gobierno económico general de la Unión. También tiene por finalidad reducir los posibles riesgos de duplicidades y actuaciones contradictorias inherentes a la coexistencia de acuerdos intergubernamentales y mecanismos establecidos conforme al derecho de la Unión. Si bien el BCE, como menciona en el apartado 1.2, acoge con satisfacción los objetivos de la Directiva propuesta, le caben dudas acerca de su consecución.

2.1.2. En lo que respecta al TECG, la Directiva propuesta está destinada a integrar el pacto presupuestario en la legislación de la Unión. No obstante, sus disposiciones se desvían sustancialmente de las del pacto presupuestario, lo que podría conllevar un debilitamiento de las normas de este último y generar mayor incertidumbre debido a la coexistencia de múltiples regímenes presupuestarios. En particular, el debilitamiento de las normas del pacto presupuestario derivaría de que la...

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