Directiva 2014/85/UE de la Comisión, de 1 de julio de 2014, por la que se modifica la Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el permiso de conducción

SectionDirective
Issuing OrganizationComisión Europea

2.7.2014 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 194/10

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, sobre el permiso de conducción (1), y, en particular, su artículo 8,

Considerando lo siguiente:

(1) La seguridad de los túneles en la Unión ha mejorado notablemente gracias, entre otras cosas, a las disposiciones de la Directiva 2004/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2). Para conseguir que esa mejora sea plenamente efectiva, es necesario garantizar que los conductores conozcan y comprendan los principios que rigen la seguridad de la conducción en los túneles a fin de que puedan aplicarlos al comportamiento que adopten al circular. Los requisitos que establece la Directiva 91/439/CEE del Consejo (3) para las pruebas de control teóricas y prácticas fueron modificados precisamente con ese fin por la Directiva 2008/65/CE de la Comisión (4), y así han de serlo también los requisitos que dispone la Directiva de refundición 2006/126/CE.

(2) Desde la fecha de adopción de la Directiva 2006/126/CE, ha avanzado el conocimiento científico de las patologías que afectan a la aptitud para conducir, especialmente en lo que atañe a la valoración de los riesgos que plantean esas patologías para la seguridad vial y de la eficacia de los tratamientos aplicados para la prevención de esos riesgos. Recientemente se han publicado numerosos estudios e investigaciones que confirman que el síndrome de apnea obstructiva del sueño (SAOS) es uno de los principales factores de riesgo de accidentes de carretera. Este dato, por lo tanto, debe recogerse en la normativa de la Unión sobre la obtención del permiso de conducción.

(3) Es preciso, pues, modificar la Directiva 2006/126/CE para adaptar su anexo III a los avances científicos y técnicos.

(4) Se han detectado, por otra parte, errores de redacción en el anexo II de la Directiva 2006/126/CE tras su modificación por la Directiva 2012/36/UE de la Comisión (5). Esos errores deben corregirse.

(5) En el marco de la Declaración política conjunta, de 28 de septiembre de 2011, de los Estados miembros y de la Comisión sobre los documentos explicativos (6), los Estados miembros se han comprometido a que, en los casos en que ello esté justificado, la notificación de sus medidas de transposición vaya acompañada de uno o más documentos en los que se explique la relación entre los distintos componentes de una...

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