Enmiendas aprobadas por el Parlamento Europeo el 13 de febrero de 2019 sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Programa de Justicia (COM(2018)0384 — C8-0235/2018 — 2018/0208(COD))

SectionSerie C
Issuing OrganizationParlamento Europeo

23.12.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 449/491

Texto de la Comisión Enmienda (1) Conforme al artículo 2 del Tratado de la Unión Europea, «la Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías. Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres». El artículo 3 especifica además que la «Unión tiene como finalidad promover la paz, sus valores y el bienestar de sus pueblos» y que, entre otras cosas, «respetará la riqueza de su diversidad cultural y lingüística y velará por la conservación y el desarrollo del patrimonio cultural europeo». Estos valores se reafirman y articulan en los derechos, libertades y principios consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea («la Carta»).

(1) Conforme al artículo 2 del Tratado de la Unión Europea, «la Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías. Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres». El artículo 3 especifica además que la «Unión tiene como finalidad promover la paz, sus valores y el bienestar de sus pueblos» y que, entre otras cosas, «respetará la riqueza de su diversidad cultural y lingüística y velará por la conservación y el desarrollo del patrimonio cultural europeo». Por otra parte, el artículo 8 del TFUE estipula que, «en todas sus acciones, la Unión se fijará el objetivo de eliminar las desigualdades entre el hombre y la mujer y promover su igualdad» y luchar contra la discriminación al definir y ejecutar sus políticas y acciones. Estos valores se reafirman y articulan en los derechos, libertades y principios consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea («la Carta») y en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad .

Texto de la Comisión Enmienda (1 bis) De conformidad con los artículos 8 y 10 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, todas las actividades del Programa de Justicia deben apoyar la integración de la perspectiva de género, incluida la presupuestación basada en el género, y la integración de objetivos de no discriminación.

Texto de la Comisión Enmienda (2) Estos derechos y valores han de seguir promoviéndose y haciéndose respetar, compartiéndose entre los ciudadanos y los pueblos de la Unión y ocupando un lugar central en las sociedades de Europa. Por consiguiente, se creará en el presupuesto de la Unión un nuevo Fondo de Justicia, Derechos y Valores que comprenderá el programa Derechos y Valores y el Programa de Justicia. En unos momentos en que las sociedades europeas se enfrentan al extremismo, el radicalismo y la división, es más importante que nunca promover, fortalecer y defender la justicia, los derechos y los valores de la UE: los derechos humanos, el respeto por la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad y el Estado de Derecho. Esto tendrá implicaciones directas y profundas para la vida política, social, cultural, judicial y económica de la UE. Como parte del nuevo Fondo, el programa Derechos y Valores reunirá el Programa de Derechos, Igualdad y Ciudadanía 2014-2020, establecido por el Reglamento (UE) n.o 1381/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (10), y el programa Europa para los Ciudadanos, establecido por el Reglamento n.o 390/2014 del Consejo (11). El Programa de Justicia (en lo sucesivo, «el Programa») seguirá apoyando el desarrollo de un Espacio Europeo de Justicia integrado y la cooperación transfronteriza, continuando así el Programa de Justicia 2014-2020, establecido por el Reglamento (UE) n.o 1381/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (12) (en lo sucesivo denominado «el Programa precedente»).

(2) Estos derechos y valores han de seguir cultivándose, protegiéndose y promoviéndose activamente por la Unión y todos los Estados miembros en todas sus políticas, de modo coherente, además de seguir haciéndose respetar y compartiéndose entre los ciudadanos y los pueblos de la Unión y ocupando un lugar central en las sociedades de Europa. Por otra parte, un Espacio Europeo de Justicia plenamente operativo y unos sistemas judiciales nacionales de calidad, independientes y eficaces, así como la consolidación de la confianza mutua, son necesarios para que prospere el mercado interior y para defender los valores comunes de la Unión. Por consiguiente, se creará en el presupuesto de la Unión un nuevo Fondo de Justicia, Derechos y Valores que comprenderá el programa Derechos y Valores y el Programa de Justicia. En unos momentos en que las sociedades europeas se enfrentan al extremismo, el radicalismo, la polarización y la división y que están en curso procedimientos en virtud del artículo 7 del Tratado de la Unión Europea relacionados con infracciones sistemáticas del Estado de Derecho, así como procedimientos de incumplimiento relacionados con el Estado de Derecho en los Estados miembros , es más importante que nunca promover, fortalecer y defender la justicia, los derechos y los valores de la UE: los derechos humanos y los derechos fundamentales , el respeto por la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad , incluida la igualdad de género, la no discriminación y el Estado de Derecho , dado que el deterioro de estos derechos y valores en cualquier Estado miembro puede tener efectos perjudiciales para la Unión en su conjunto . Esto tendrá implicaciones directas y profundas para la vida política, social, cultural, judicial y económica de la UE. Como parte del nuevo Fondo, el programa Derechos y Valores reunirá el Programa de Derechos, Igualdad y Ciudadanía 2014-2020, establecido por el Reglamento (UE) n.o 1381/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (10), y el programa Europa para los Ciudadanos, establecido por el Reglamento (UE) n.o 390/2014 del Consejo (11). El Programa de Justicia (en lo sucesivo, «el Programa») seguirá apoyando el desarrollo de un Espacio Europeo de Justicia integrado y la cooperación transfronteriza, continuando así el Programa de Justicia 2014-2020, establecido por el Reglamento (UE) n.o 1381/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (12) (en lo sucesivo denominado «el Programa precedente»).

Texto de la Comisión Enmienda (3) El Fondo de Justicia, Derechos y Valores y sus dos programas de financiación subyacentes se centrarán principalmente en las personas y entidades que contribuyen a hacer que nuestros valores y derechos comunes y nuestra rica diversidad se mantengan vivos y dinámicos. El objetivo final es reforzar y mantener nuestras sociedades democráticas, igualitarias, inclusivas y basadas en derechos . Esto incluye una sociedad civil dinámica, la promoción de la participación democrática, cívica y social de las personas y el fomento de la rica diversidad de la sociedad Europea, todo ello basándonos en nuestra historia y nuestra memoria comunes. Asimismo, el artículo 11 del Tratado de la UE establece que las «instituciones darán a los ciudadanos y a las asociaciones representativas, por los cauces apropiados, la posibilidad de expresar e intercambiar públicamente sus opiniones en todos los ámbitos de actuación de la Unión».

(3) El Fondo de Justicia, Derechos y Valores y sus dos programas de financiación subyacentes se centrarán en las personas y entidades que contribuyen a hacer que nuestros valores y derechos comunes y nuestra rica diversidad se mantengan vivos y dinámicos. El objetivo final es reforzar y mantener nuestras sociedades democráticas, igualitarias, abiertas, inclusivas y basadas en derechos , en particular mediante la financiación de actividades que promuevan una sociedad civil dinámica, bien desarrollada, resiliente y capacitada, que permita la participación democrática, cívica y social de las personas y la aplicación y puesta en práctica adecuadas de los derechos humanos y fundamentales, fomentando la rica diversidad de la sociedad europea, todo ello basándonos en nuestra historia y nuestra memoria comunes. El artículo 11 del Tratado de la UE exige a las instituciones que mantengan un diálogo abierto, transparente y periódico con la sociedad civil y establece que las «instituciones darán a los ciudadanos y a las asociaciones representativas, por los cauces apropiados, la posibilidad de expresar e intercambiar públicamente sus opiniones en todos los ámbitos de actuación de la Unión». Esto es especialmente importante habida cuenta de la creciente reducción del espacio para la sociedad civil independiente en una serie de Estados miembros.

Texto de la Comisión Enmienda (4) El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) prevé la creación de un espacio de libertad, seguridad y justicia dentro del respeto de los derechos fundamentales y de los distintos sistemas y tradiciones jurídicos de los Estados miembros. Con este fin, la Unión puede adoptar medidas para desarrollar la cooperación judicial en materia civil y la cooperación judicial en materia penal , y promover y apoyar la actuación de los Estados miembros en el ámbito de la prevención de la delincuencia. En el futuro desarrollo de un Espacio Europeo de Justicia se garantizarán el respeto de los derechos fundamentales y de los principios y valores comunes, como el de no discriminación, la igualdad de género , la tutela judicial efectiva para todos, el Estado de Derecho y un sistema judicial independiente que funcione correctamente.

(4) El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) prevé la creación de un espacio de...

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