Decisión de la Comisión, de 19 de octubre de 1999, que modifica algunos datos de la lista que figura en el anexo del Reglamento (CEE) nº 55/87 por el que se establece la lista de barcos cuya eslora total excede los ocho metros y a los que se permite faenar utilizando artes de arrastre de vara dentro de determinadas zonas costeras de la ...

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas4. 11. 1999 L 281/85

DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 19 de octubre de 1999 que modifica algunos datos de la lista que figura en el anexo del Reglamento (CEE) no 55/87 por el que se establece la lista de barcos cuya eslora total excede los ocho metros y a los que se permite faenar utilizando artes de arrastre de vara dentro de determinadas zonas costeras de la Comunidad [notificada con el número C(1999) 3312] (1999/711/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 894/97 del Consejo, de 29 de abril de 1997, por el que se establecen determinadas medidas técnicas de conservación de los recursos pesqueros (1),

Visto el Reglamento (CEE) no 55/87 de la Comisión, de 30 de diciembre de 1986, por el que se establece la lista de barcos cuya eslora total excede los ocho metros y a los que se permite faenar utilizando artes de arrastre de vara dentro de determinadas zonas costeras de la Comunidad (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 3410/93 (3 ), y, en particular, su artículo 3,

Considerando que las autoridades de los Estados miembros implicados han solicitado modificaciones en los datos que figuran en la lista que prevé la letra b) del apartado 3 del artículo 10 del Reglamento (CE) no 894/97; que estas solicitudes contienen toda la información necesaria que dispone el artículo 3 del Reglamento (CEE) no 55/87; que el examen de esta información pone de manifiesto su conformidad con la disposición citada y que procede, por tanto, modificar los datos de la lista que figura en el anexo de este último Reglamento,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Los datos de la lista que figura en el anexo del Reglamento (CEE) no 55/87 quedan modificados con arreglo al anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 19 de octubre de 1999.

Por la Comisión Franz FISCHLER Miembro de la Comisión (1) DO L 132 de 23.5.1997, p. 1.

(2) DO L 8 de 10.1.1987, p. 1.

(3 ) DO L 310 de 14.12.1993, p. 27.

ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas 4. 11. 1999L 281/86

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ANEXO -- BILAG -- ANHANG -- -- ANNEX -- ANNEXE -- ALLEGATO -- BLAGE -- ANEXO -LIITE -- BILAGA A. Datos que se retiran de la lista -- Oplysninger, der skal slettes i listen -- Aus der Liste herauszunehmende Angaben -- -- Information to...

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