Reglamento (CE) nº 2014/2003 de la Comisión, de 14 de noviembre de 2003, relativo a la expedición de certificados de exportación del sistema A3 en el sector de las frutas y hortalizas (manzanas)

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 2014/2003 DE LA COMISIÓN de 14 de noviembre de 2003 relativo a la expedición de certificados de exportación del sistema A3 en el sector de las frutas y hortalizas (manzanas) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 2200/96 del Consejo de 28 de octubre de 1996, por el que se establece la organización común de mercado en el sector de las frutas y hortalizas (1),

cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 47/2003 de la Comisión (2), y, en particular, el tercer párrafo del apartado 3 de su artículo 35,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 1913/2003 de la Comisión (3) abrió una licitación fijandolos importes indicativos de restitución y las cantidades indicativas en relación con las cuales pueden expedirse certificados de exportación del sistema A3.

(2) En función de las ofertas presentadas, resulta oportuno fijar los importes máximos de restitución y los porcentajes de expedición de las cantidades en relación con las ofertas realizadas al nivel de esos importes máximos.

(3) Por lo que respecta a las manzanas, el importe máximo necesario para la concesión de certificados hasta la cantidad indicativa, dentro del límite de las cantidades objeto de licitación, no debe superar en una vez y media el importe de restitución indicativo. Así pues, el importe de la restitución se fijará de conformidad con el apartado 4 del artículo 4 del Reglamento (CE) no 1961/2001 de la Comisión, de 8 de octubre de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 2200/96 del Consejo en lo que respecta a las restituciones por exportación en el sector de las frutas y hortalizas (4), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1176/2002 (5).

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de frutas y hortalizas.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el anexo del presente Reglamento se fijan los importes máximos de restitución y los porcentajes de expedición relativos a la licitación abierta mediante el...

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