Asunto C-125/05: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 7 de septiembre de 2006 (petición de decisión prejudicial planteada por el Østre Landsret Dinamarca) VW Audi Forhandlerforeningen, en representación de Vulcan Silkeborg A/S/Skandinavisk Motor Co. A/S (Competencia Acuerdo de distribución de vehículos automóviles Exención...

SectionReglamento
Issuing OrganizationTribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

2) En el ámbito de aplicación de la Directiva 80/987, en su versión modificada por la Directiva 2002/74, el principio general de igualdad, tal y como se reconoce en el ordenamiento jurídico comunitario, exige que cuando, según una normativa nacional como la que es objeto del litigio principal, en caso de insolvencia del empresario, la institución de garantía se haga cargo del pago de las indemnizaciones legales debidas por la finalización del contrato de trabajo establecidas por una sentencia judicial, las indemnizaciones de la misma naturaleza reconocidas en un acuerdo entre trabajador y empresario celebrado en presencia judicial y con la aprobación del órgano judicial deben recibir el mismo trato.

3) El juez nacional debe dejar sin aplicar una norma interna que, vulnerando el principio de igualdad, tal y como éste se reconoce en el ordenamiento jurídico comunitario, excluye que la institución de garantía competente se haga cargo del pago de las indemnizaciones por finalización del contrato reconocidas en un acuerdo entre trabajadores y empresarios celebrado en presencia judicial y con la aprobación del órgano judicial.

(1 ) DO C 93, de 16.4.2005.

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 7 de septiembre de 2006 (petición de decisión prejudicial planteada por el Østre Landsret -- Dinamarca) -- VW Audi Forhandlerforeningen, en representación de Vulcan Silkeborg A/S/Skandinavisk Motor Co. A/S (Asunto C-125/05) (1 ) (Competencia -- Acuerdo de distribución de vehículos automóviles -- Exención por categoría -- Reglamento (CE) no 1475/95 -- Artículo 5, apartado 3 -- Resolución por el proveedor -- Entrada en vigor del Reglamento (CE) no 1400/2002 -- Necesidad de reorganizar la red de distribución -- Plazo de preaviso -- Motivación -- Carga de la prueba) (2006/C 261/08) Lengua de procedimiento: danés Órgano jurisdiccional remitente Østre Landsret Partes en el procedimiento principal Demandantes: VW-Audi Forhandlerforeningen, en representación de Vulcan Silkeborg A/S Demandada: Skandinavisk Motor Co. A/S Objeto Petición de decisión Prejudicial -- Østre Landsret -- Interpretación del artículo 5, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1475/95 de la Comisión, de 28 de junio de 1995, relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 85 del Tratado a determinadas categorías de acuerdos de distribución y de servicio de venta y de posventa de vehículos automóviles (DO L 145, p. 25) -- Resolución del contrato por el proveedor en caso de que...

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