Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 12 de febrero de 2004 en el asunto C-230/02 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesvergabeamt): Grossmann Air Service, Bedarfsluftfahrtunternehmen GmbH & Co. KG contra Republik Österreich 'Contratos públicos Directiva 89/665/CEE Procedimientos de recurso en materia de...

SectionDirective
Issuing OrganizationTribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

C 85/8 ES 3.4.2004Diario Oficial de la Unión Europea SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta) de 22 de enero de 2004 en los asuntos acumulados C-133/02 y C-134/02 (petición de decisión prejudicial planteada por el Gerechtshof te Amsterdam): Timmermans Transport & Logistics BV, anteriormente Timmermans Diessen BV, contra Inspecteur der Belastingdienst -- Douanedistrict Roosendaal y Hoogenboom Production Ltd contra Inspecteur der Belastingdienst -- Douanedistrict Rotterdam (1) ('Clasificación arancelaria de las mercancías -- Información arancelaria vinculante -- Requisitos para la revocación de una información') (2004/C 85/10) (Lengua de procedimiento: neerlandés) (Traducción provisional; la traducción definitiva se publicará en la 'Recopilación de la Jurisprudencia del Tribunal de Justicia') En los asuntos acumulados C-133/02 y C-134/02, que tienen por objeto sendas peticiones dirigidas al Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 234 CE, por el Gerechtshof te Amsterdam (Países Bajos), destinadas a obtener, en los litigios pendientes ante dicho órgano jurisdiccional entre Timmermans Transport & Logistics BV, anteriormente Timmermans Diessen BV, e Inspecteur der Belastingdienst -- Douanedistrict Roosendaal, y entre Hoogenboom Production Ltd e Inspecteur der Belastingdienst -- Douanedistrict Rotterdam, una decisión prejudicial sobre la interpretación de los artículos 9, apartado 1, y 12, apartado 5, letra a), inciso iii), del Reglamento (CEE) no 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código aduanero comunitario (DO L 302, p. 1), modificado por el Reglamento (CE) no 82/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 1996 (DO 1997,

L 17, p. 1, corrección de errores en DO 1997, L 179, p. 11), el Tribunal de Justicia (Sala Sexta), integrado por el Sr. C. Gulmann (Ponente), en funciones de Presidente de la Sala Sexta, y los Sres. J.N. Cunha Rodrigues, J.-P. Puissochet y R. Schintgen y la Sra. F. Macken, Jueces; Abogado General: Sr. P. Léger;

Secretario: Sr. H. von Holstein, Secretario adjunto, ha dictado el 22 de enero de 2004 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

El artículo 9, apartado 1, del Reglamento (CEE) no 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código aduanero comunitario, modificado por el Reglamento (CE) no 82/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 1996, en relación con su artículo 12, apartado 5, letra a), inciso iii)...

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