Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución presupuestaria relativo al ejercicio 2014, acompañado de las respuestas de las instituciones

SectionInforme anual
Issuing OrganizationTribunal de Cuentas Europeo

10.11.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 373/1

Conforme a lo dispuesto en el artículo 287, apartados 1 y 4, del TFUE, en los artículos 148, apartado 1, y 162, apartado 1, del Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, y en los artículos 43, 48 y 60 del Reglamento (CE) no 215/2008 del Consejo, de 18 de febrero de 2008, por el que se aprueba el Reglamento Financiero aplicable al décimo Fondo Europeo de Desarrollo, modificado por el Reglamento (UE) no 567/2014

el Tribunal de Cuentas de la Unión Europea, en su reunión del día 10 de septiembre de 2015, ha aprobado sus

INFORMES ANUALES

relativos al ejercicio 2014.

Los informes, acompañados de las respuestas de las instituciones a las observaciones del Tribunal, han sido transmitidos a las autoridades responsables de la aprobación de la gestión y a las demás instituciones.

Los Miembros del Tribunal de Cuentas son:

Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA (Presidente), Igors LUDBORŽS, Jan KINŠT, Kersti KALJULAID, Karel PINXTEN, Henri GRETHEN, Szabolcs FAZAKAS, Louis GALEA, Ladislav BALKO, Augustyn KUBIK, Milan Martin CVIKL, Rasa BUDBERGYTĖ, Lazaros S. LAZAROU, Hans Gustaf WESSBERG, Pietro RUSSO, Ville ITÄLÄ, Kevin CARDIFF, Baudilio TOMÉ MUGURUZA, Iliana IVANOVA, George PUFAN, Neven MATES, Alex BRENNINKMEIJER, Danièle LAMARQUE, Nikolaos MILIONIS, Phil WYNN OWEN, Klaus-Heiner LEHNE, Oskar HERICS, Bettina JAKOBSEN.

Introducción general7

Capítulo 1 — Declaración de fiabilidad e información de apoyo9

Capítulo 2 — Gestión presupuestaria y financiera65

Capítulo 3 — La obtención de resultados a partir del presupuesto de la UE83

Capítulo 4 — Ingresos127

Capítulo 5 — «Competitividad para el crecimiento y el empleo»147

Capítulo 6 — «Cohesión económica, social y territorial»165

Capítulo 7 — «Recursos naturales»213

Capítulo 8 — «Una Europa global»261

Capítulo 9 — «Administración»275

0.1. El Tribunal de Cuentas Europeo es la institución establecida por el Tratado para llevar a cabo la fiscalización de las finanzas de la Unión Europea (UE). Como auditor externo de la UE, actuamos de guardián independiente de los intereses financieros de los ciudadanos de la Unión y contribuimos a mejorar la gestión financiera de esta. Para más información sobre nosotros, pueden consultarse en nuestro sitio web (www.eca.europa.eu) el informe anual de actividades, los informes especiales sobre los programas de gasto y los ingresos de la UE y nuestros dictámenes sobre nuevos textos legislativos o modificaciones de los vigentes.

0.2. Este es nuestro 38o Informe Anual sobre la ejecución del presupuesto de la UE y corresponde al ejercicio 2014. En un documento separado figura el Informe Anual sobre los Fondos Europeos de Desarrollo.

0.3. El Consejo y el Parlamento Europeo determinan anualmente el presupuesto general de la UE. Nuestro informe anual del Tribunal, que transmitimos a los parlamentos nacionales al mismo tiempo que al Consejo y al Parlamento Europeo, junto con nuestros informes especiales, sirve de base al procedimiento de aprobación de la gestión por el que el Parlamento Europeo decide si la Comisión ha cumplido satisfactoriamente con sus responsabilidades de ejecución del presupuesto.

0.4. Nuestra declaración sobre la fiabilidad de las cuentas consolidadas de la UE y la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes (en lo sucesivo en el informe «regularidad de las operaciones») constituye la parte fundamental del informe anual. Completamos nuestra declaración con observaciones específicas sobre cada uno de los principales ámbitos de actividad de la Unión Europea.

0.5. A fin de aumentar la utilidad de nuestro informe, la estructura de los capítulos refleja las rúbricas del marco financiero plurianual, que entró en vigor en 2014 para determinar el volumen y la distribución del gasto de la UE durante todo el período hasta 2020. Esto facilitará a nuestros lectores relacionar nuestras constataciones del informe con la información presupuestaria y contable correspondiente.

0.6. No existen estados financieros separados para las distintas rúbricas del marco financiero plurianual, por lo que las conclusiones presentadas en las observaciones específicas no constituyen opiniones de auditoría, pero presentan cuestiones específicas de cada rúbrica.

0.7. Nuestro informe se estructura este año de la siguiente manera: — el capítulo 1 contiene la declaración de fiabilidad y una síntesis de los resultados de nuestra fiscalización sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad de las operaciones;

— el capítulo 2 presenta nuestras constataciones sobre la gestión presupuestaria y financiera;

— el capítulo 3 contribuye a nuestro objetivo estratégico de mejorar la rendición pública de cuentas y se centra en el grado en que el marco de rendimiento permite a la Comisión supervisar y dirigir los progresos hacia la Europa de 2020;

— el capítulo 4 presenta nuestras constataciones sobre los ingresos;

— los capítulos 5 a 9 muestran (respecto de las rúbricas del marco financiero plurianual 1a, 1b, 2, 4 y 5) (1) los resultados de nuestra verificación de la regularidad de las operaciones y un examen de los sistemas e informes anuales de actividad seleccionados.

0.8. Las respuestas de la Comisión (o las respuestas de otras instituciones y órganos de la UE, en su caso) a nuestras observaciones se presentan dentro del documento y la descripción de nuestras constataciones y conclusiones tiene en cuenta las correspondientes respuestas de la entidad fiscalizada Sin embargo, es nuestra obligación, como auditor externo, comunicar nuestras constataciones de auditoría, extraer las consiguientes conclusiones y ofrecer de esta manera una valoración independiente e imparcial de la fiabilidad de las cuentas y de la regularidad de las operaciones.

(1) No presentamos observaciones específicas sobre los gastos de las rúbricas 3 (Seguridad y ciudadanía) y 6 (Compensaciones) del marco financiero plurianual.

Declaración de fiabilidad presentada por el Tribunal al Parlamento Europeo y al Consejo — Informe del auditor independiente I-XII

Introducción 1.1-1.3

El gasto de la UE constituye un instrumento significativo para lograr objetivos políticos 1.1-1.3

Constataciones de auditoría del ejercicio 2014 1.4-1.58

Las cuentas no estaban afectadas por incorrecciones materiales 1.4-1.8

Regularidad de las operaciones: nuestros resultados de auditoría globales, aunque estables, reflejan un nivel material de error 1.9-1.29

Existen muchos tipos de medidas correctoras con diferente impacto 1.30-1.44

El informe de síntesis de la Comisión confirma el impacto material de error en las operaciones 1.45-1.57

Notificación de casos de presunto fraude a la OLAF 1.58

Conclusiones 1.59-1.66

Anexo 1.1 — Enfoque y metodología de auditoría

Anexo 1.2 — Seguimiento de las observaciones de ejercicios anteriores correspondientes a la fiabilidad de las cuentas

Anexo 1.3 — Extractos de las cuentas consolidadas provisionales de 2014

Anexo 1.4 — Nivel de error estimado (error más probable, EMP) — Datos históricos no corregidos del período 2009-2013

Anexo 1.5 — Frecuencia de los errores detectados en la muestra de auditoría correspondientes al ejercicio 2014

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD PRESENTADA POR EL TRIBUNAL AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO — INFORME DEL AUDITOR INDEPENDIENTE I. Hemos fiscalizado: a) las cuentas consolidadas de la Unión Europea, que comprenden los estados financieros consolidados (1) y los estados agregados sobre la ejecución presupuestaria (2) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2014, aprobados por la Comisión el 23 de julio de 2015;

b) la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas, de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

Responsabilidades de la dirección

II. En virtud de los artículos 317 y 318 del TFUE, así como del Reglamento Financiero, la Comisión es responsable de la preparación y la presentación de las cuentas consolidadas de la Unión Europea basadas en las normas de contabilidad internacionalmente aceptadas para el sector público, así como de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes. Esta responsabilidad consiste en crear, aplicar y mantener un sistema de control interno propicio a la preparación y presentación de unos estados financieros libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o por error. La Comisión es responsable en última instancia de la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas de la Unión Europea (artículo 317 del TFUE).

Responsabilidades del auditor

III. Es nuestra obligación presentar al Parlamento Europeo y al Consejo, basándonos en nuestra fiscalización, una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes. Realizamos nuestra fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y el código de ética de la IFAC y las normas internacionales INTOSAI de las entidades fiscalizadoras superiores. Estas normas nos exigen que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener garantías razonables de que las cuentas consolidadas de la Unión Europea estén exentas de incorrecciones materiales y de que las operaciones subyacentes a dichas cuentas sean...

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