Recurso interpuesto el 14 de enero de 2014 contra Islandia por el Órgano de Vigilancia de la AELC (Asunto E-6/14)

Sectioninformación judicial
Issuing OrganizationComisión Europea

28.5.2014 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 163/11

El 14 de enero de 2014, el Órgano de Vigilancia de la AELC, representado por Gjermund Mathisen y Auður Ýr Steinarsdóttir, agentes de dicho Órgano, con dirección en Rue Belliard 35, 1040 Bruselas, Bélgica, interpuso ante el Tribunal de la AELC un recurso contra Islandia.

El Órgano de Vigilancia de la AELC solicita al Tribunal que:

  1. Declare que, al no haber adoptado y/o notificado inmediatamente al Órgano de Vigilancia de la AELC todas las disposiciones necesarias para incorporar a su ordenamiento jurídico el acto a que se hace referencia en el punto 5 del capítulo XXIX del anexo II del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Directiva 2008/43/CE de la Comisión, de 4 de abril de 2008, por la que se establece, con arreglo a la Directiva 93/15/CEE del Consejo, un sistema de identificación y trazabilidad de explosivos con fines civiles), tal y como se adaptó al Acuerdo mediante su Protocolo 1, en el plazo fijado, Islandia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de dicho acto y del artículo 7 del Acuerdo EEE.

  2. Condene en costas a Islandia.

Antecedentes de hecho y de derecho y motivos invocados:

— La solicitud se refiere al hecho de que Islandia no ha dado cumplimiento, a más tardar el 3 de septiembre de 2013, al dictamen motivado emitido por el Órgano de Vigilancia de la...

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