Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 11 de enero de 2001 en el asunto C-459/98 P: Isabel Martínez del Peral Cagigal contra Comisión de las Comunidades Europeas ('Recurso de casación Funcionarios Petición de revisión de la clasificación en grado Recurso Expiración de los plazos Hecho nuevo Igualdad de trato')

SectionCase
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

C 161/2 ES 2.6.2001Diario Oficial de las Comunidades Europeas Tratado CE (actualmente arti¥culo 234 CE), por el Tribunale (T-224/97, RecFP pp. I-A-581 y II-1741), por el que se solicita que se anule dicho auto, y en el que la otra parte en elcivile e penale di Cagliari (Italia), destinada a obtener, en el litigio pendiente ante dicho o¥rgano jurisdiccional entre procedimiento es la Comisio¥n de las Comunidades Europeas (agentes: Sr. J. Guerra Ferna¥ndez y Sra. F. Duvieusart-Clotuche),Azienda Agricola Monte Arcosu Srl y Regione Autonoma della Sardegna, Organismo Comprensoriale n. 24 della Sardegna, el Tribunal de Justicia (Sala Quinta) integrado por los Sres. D.A.O. Edward, en funciones de Presidente de la SalaEnte Regionale per l'Assistenza Tecnica in Agricoltura (ERSAT), una decisio¥n prejudicial sobre la interpretacio¥n del arti¥culo 2, Quinta, P. Jann y L. Sevo¥n (Ponente), Jueces; Abogado General:

Sr. P. LÈger; Secretaria: Sra. L. Hewlett, administradora, haapartado 5, del Reglamento (CEE) no 797/85 del Consejo, de 12 de marzo de 1985, relativo a la mejora de la eficacia de las dictado el 11 de enero de 2001 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:estructuras agrarias (DO L 93, p. 1; EE 03/34, p. 66), y del arti¥culo 5, apartado 5, del Reglamento (CEE) no 2328/91 del 1) Se anula el auto del Tribunal de Primera Instancia de 14 deConsejo, de 15 de julio de 1991, relativo a la mejora de la octubre de 1998, Marti¥nez del Peral Cagigal/Comisio¥neficacia de las estructuras agrarias (DO L 218, p. 1), el Tribunal (T-224/97).de Justicia (Sala Sexta), integrado por el Sr. C. Gulmann,

Presidente de Sala; el Sr. V. Skouris y la Sra. F. Macken 2) Se anula la decisio¥n de la Comisio¥n de las Comunidades(Ponente), Jueces; Abogado General: Sr. J. Mischo; Secretario:

Europeas de 24 de octubre de 1996, por la que se desestimo¥ laSr. H.A. R¸hl, administrador principal, ha dictado el 11 de peticio¥n de la Sra. Marti¥nez del Peral Cagigal de que se revisaraenero de 2001 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

su clasificacio¥n en grado, confirmada por la decisio¥n de la Comisio¥n de 29 de abril de 1997, por la que se desestimo¥ laEl arti¥culo 2, apartado 5, u¥ltimo pa¥rrafo, del Reglamento (CEE) reclamacio¥n presentada el 23 de enero de 1997.797/85 del Consejo, de 12 de marzo de 1985, relativo a la mejora de la eficacia de las estructuras agrarias, y el arti¥culo 5, apartado 5, 3) Se condena a la Comisio¥n de las Comunidades Europeas alu¥ltimo pa¥rrafo...

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