Reglamento (UE) nº 245/2013 de la Comisión, de 19 de marzo de 2013, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 272/2009 en lo referente al control de líquidos, aerosoles y geles en los aeropuertos de la UE

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

20.3.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 77/5

ES

REGLAMENTO (UE) N o 245/2013 DE LA COMISIÓN

de 19 de marzo de 2013

por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 272/2009 en lo referente al control de líquidos, aerosoles y geles en los aeropuertos de la UE

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 300/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2008, sobre normas comunes para la seguridad de la aviación civil y por el que se deroga el Reglamento (CE) n o 2320/2002

( 1 ), y, en particular, su artículo 4, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el artículo 4, apartado 2, del Reglamento (CE) n o 300/2008, la Comisión está obligada a adoptar medidas generales destinadas a modificar elementos no esenciales de las normas básicas comunes establecidas en el anexo I de ese Reglamento, completándolas.

(2) Las medidas generales que completan las normas básicas comunes de seguridad de la aviación civil figuran en el anexo del Reglamento (CE) n o 272/2009 de la Comisión, de 2 de abril de 2009, que completa las normas básicas comunes sobre la seguridad de la aviación civil establecidas en el anexo del Reglamento (CE) n o 300/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo

( 2

). El anexo del Reglamento (CE) n o 272/2009 establece, en particular, métodos, incluidas tecnologías de detección de explosivos líquidos, para permitir la introducción de líquidos, aerosoles y geles (LAG) en las zonas restringidas de seguridad y a bordo de las aeronaves.

(3) A fin de permitir la implantación gradual de un sistema de control de explosivos líquidos, el anexo del Reglamento (UE) n o 297/2010 de la Comisión, de 9 de abril de 2010, por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 272/2009 que completa las normas básicas comunes sobre la seguridad de la aviación civil

( 3 ), estableció dos plazos: el 29 de abril de 2011 para el control de los líquidos, aerosoles y geles (LAG) obtenidos en un aeropuerto de un tercer país o a bordo de una aeronave de un transportista aéreo no comunitario, y el 29 de abril de 2013 para el control de todos los líquidos, aerosoles y geles.

(4) El Reglamento (UE) n o 720/2011 de la Comisión, de 22 de julio de 2011, por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 272/2009 que completa las normas básicas comunes sobre la seguridad de la aviación civil en lo que se refiere a la...

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