Reglamento de Ejecución (UE) nº 1020/2011 de la Comisión, de 14 de octubre de 2011, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) nº 543/2011 en lo que atañe a los importes máximos de la ayuda para las retiradas del mercado de nectarinas y melocotones

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

L 270/14 Diario Oficial de la Unión Europea 15.10.2011

ES

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 1020/2011 DE LA COMISIÓN

de 14 de octubre de 2011

que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n o 543/2011 en lo que atañe a los importes máximos de la ayuda para las retiradas del mercado de nectarinas y melocotones

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM)

( 1 ), y, en particular, su artículo 103 nonies, leído en relación con su artículo 4,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n o 1234/2007 y el Reglamento de Ejecución (UE) n o 543/2011 de la Comisión, de 7 de junio de 2011, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n o 1234/2007 del Consejo en los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas

( 2 ), prevén normas relativas a la aplicación de las medidas de gestión y prevención de las crisis en el sector de las frutas y hortalizas, cuya producción es muy imprevisible.

(2) Si se producen excedentes de frutas y hortalizas, estos pueden perturbar considerablemente el mercado. En este caso, las medidas de gestión y prevención de las crisis pueden incluir las retiradas del mercado a que se refiere el artículo 103 quater, apartado 2, letra a), del Reglamento (CE) n o 1234/2007 y el artículo 75 del Reglamento de Ejecución (UE) n o 543/2011 para estabilizar los precios de producción.

(3) De conformidad con el artículo 79, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) n o 543/2011, en el anexo XI de dicho Reglamento figuran los importes máximos de la ayuda para las retiradas del mercado de los productos enumerados en el mismo. Esos importes deben fijarse de forma que se evite que las retiradas se conviertan en una salida alternativa permanente de los productos en lugar de ser puestos a la venta en el mercado y, al mismo tiempo, lograr que las retiradas sigan siendo un instrumento eficaz para la prevención y gestión de las crisis.

(4) A la luz de la situación actual del mercado de los melocotones y las nectarinas y con el fin de atenuar la repercusión de la caída repentina de precios de este verano, procede adaptar los importes máximos de la ayuda para las retiradas del...

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