Decisión de la Comisión, de 27 de abril de 2009, que modifica la Decisión 2007/134/CE por la que se establece el Consejo Europeo de Investigación

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

1.5.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 110/37

ES

II

(Actos adoptados en aplicación de los Tratados CE/Euratom cuya publicación no es obligatoria)

DECISIONES

COMISIÓN

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 27 de abril de 2009

que modifica la Decisión 2007/134/CE por la que se establece el Consejo Europeo de Investigación

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2009/357/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Decisión n o 1982/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativa al séptimo programa marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2007 a 2013)

( 1 ), y, en particular, sus artículos 2 y 3,

Vista la Decisión 2006/972/CE del Consejo, de 19 de diciembre de 2006, relativa al programa específico «Ideas» por el que se ejecuta el séptimo programa marco de la Comunidad Europea de acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2007-2013)

( 2

), y, en particular, su artículo 4, apartados 2

y 3,

Considerando lo siguiente:

(1) Dentro del séptimo programa marco, el programa específico «Ideas» tiene por objetivo apoyar la investigación en las fronteras del conocimiento impulsada por los investigadores en cualquier campo de la ciencia, la ingeniería o la docencia, realizada por los investigadores sobre temas de su elección.

(2) La Comisión, mediante la Decisión 2007/134/CE

( 3

), instituyó el Consejo Europeo de Investigación (en lo sucesivo denominado «el CEI»), como medio por el que se ejecutaría el programa específico «Ideas».

(3) De conformidad con el artículo 1 de la Decisión 2007/134/CE, el CEI está integrado por un Consejo Científico independiente apoyado por una estructura de ejecución especializada.

(4) El Consejo Científico está compuesto por miembros prominentes de la ciencia, la ingeniería y la docencia, nombrados por la Comisión, que ejercen sus funciones a título personal, independientemente de cualquier influencia externa, y actúan en función del mandato previsto en el artículo 3 de la Decisión 2007/134/CE.

(5) Con arreglo al artículo 4, apartado 1, de la Decisión 2007/134/CE, el Consejo Científico está integrado por un máximo de 22 miembros.

(6) Tres miembros del Consejo Científico han dimitido por razones personales: el Prof. Manuel CASTELLS, Universitat Oberta de Catalunya, el Prof. Paul J. CRUTZEN, Instituto Max Planck de Química...

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