Reglamento (UE) nº 658/2013 de la Comisión, de 10 de julio de 2013, por el que se modifican los anexos II y III del Reglamento (CE) nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los productos cosméticos

Enforcement date:July 31, 2013
SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

L 190/38 Diario Oficial de la Unión Europea 11.7.2013

ES

REGLAMENTO (UE) N o 658/2013 DE LA COMISIÓN de 10 de julio de 2013

por el que se modifican los anexos II y III del Reglamento (CE) n o 1223/2009 del Parlamento

Europeo y del Consejo, sobre los productos cosméticos (Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento (CE) n o 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, sobre los productos cosméticos

( 1 ), y, en particular, su artículo 31, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n o 1223/2009, que sustituye a la Directiva 76/768/CEE del Consejo, de 27 de julio de 1976, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de productos cosméticos

( 2

), se aplicará a partir del 11 de julio de 2013.

(2) Los anexos II y III de la Directiva 76/768/CEE fueron modificados por la Directiva de Ejecución 2012/21/UE de la Comisión

( 3

) tras la adopción del Reglamento, incluyendo un colorante para el teñido del pelo en el anexo II y veintiséis en la parte 1 del anexo III y modificando las concentraciones máximas autorizadas en el producto cosmético acabado de dos colorantes para el teñido del pelo incluidos en la parte 1 del anexo III. Esas modificaciones deben quedar ahora plasmadas en el Reglamento (CE) n o 1223/2009.

(3) De acuerdo con la Directiva de Ejecución2012/21/UE, los Estados miembros deben aplicar las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas adoptadas para dar cumplimiento a dicha Directiva a partir del 1 de septiembre de 2013. Por consiguiente, el presente Reglamento debe aplicarse a partir de esa fecha.

(4) Procede, por tanto, modificar el Reglamento (CE) n o 1223/2009 en consecuencia.

(5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Productos Cosméticos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los anexos II y III del Reglamento (CE) n o 1223/2009 quedan modificados con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 1 de septiembre de 2013.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 10 de julio de 2013.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO

( 1 ) DO L 342 de 22.12.2009, p. 59.

( 2 ) DO L 262 de 27.9.1976, p. 169.

( 3 ) DO L 208 de 3.8.2012, p. 8.

11.7.2013

ANEXO

Los anexos II y III del Reglamento (CE) nº 1223/2009 se modifican como sigue:

1) Se añade la entrada siguiente en el anexo II:

Número de referencia

Identificación de las sustancias

Nombre químico/DCI Número CAS Número CE

1373 N-(2-nitro-4-aminofenil)-alilamina (HC Red nº 16) y sus sales 160219-76-1

.

2) El anexo III queda modificado como sigue:

  1. se insertan las siguientes entradas con los números de orden 198 a 200:

    Número de referencia

    Diario

    Identificación de las sustancias Restricciones

    Texto de las condiciones de empleo y advertencias

    Nombre químico/DCI

    Nombre común del ingrediente recogido en el glosario

    Número CAS Número CE Tipo de producto, partes del cuerpo

    Concentración máxima en el producto preparado para el uso

    Otras restricciones

    Oficial de la

    La etiqueta indicará:

    La proporción de mezcla.

    " Los colorantes del pelo pueden causar reacciones alérgicas graves.

    Lea y siga las instrucciones.

    Este producto no está destinado a utilizarse en personas menores de 16 años.

    Los tatuajes temporales de 'henna negra' pueden aumentar el riesgo de alergia.

    No utilice el tinte capilar:

    - si tiene una erupción cutánea en el rostro o tiene el cuero cabelludo sensible, irritado o dañado;

    - si alguna vez ha experimentado cualquier tipo de reacción después de la coloración del pelo;

    - si alguna vez ha experimentado una reacción a los tatuajes temporales de 'henna negra'.".

    Después de mezclarse en condiciones oxidantes, la concentración máxima aplicada al pelo no deberá exceder de un 2,5 % (calculado en sulfato)

    - No usar con agentes nitrosantes

    - Contenido máximo de nitrosaminas: 50 μg/kg

    - Conservar en recipientes que no contengan nitritos

    Sulfato de 2,2'-[(4-aminofenil)imino]bis(etanol)

    N,N-bis(2-Hydroxyethyl)-p-Phenylenediamine Sulfate

    Colorantes de oxidación para el teñido del pelo

    198

    54381-16-7

    259-134-5

    Unión

    Europea

    190/39

    L

    Identificación de las sustancias Restricciones

    Número de referencia

    L 190/40

    Texto de las condiciones de empleo y advertencias

    Nombre químico/DCI

    Nombre común del ingrediente recogido en el glosario

    Número CAS Número CE Tipo de producto, partes del cuerpo

    Concentración máxima en el producto preparado para el uso

    Otras restricciones

    La etiqueta indicará:

    La proporción de mezcla.

    " Los colorantes del pelo pueden causar reacciones alérgicas graves.

    Lea y siga las instrucciones.

    Este producto no está destinado a utilizarse en personas menores de 16 años.

    Los tatuajes temporales de 'henna negra' pueden aumentar el riesgo de alergia.

    No utilice el tinte capilar:

    - si tiene una erupción cutánea en el rostro o tiene el cuero cabelludo sensible, irritado o dañado;

    - si alguna vez ha experimentado cualquier tipo de reacción después de la coloración del pelo;

    - si alguna vez ha experimentado una reacción a los tatuajes temporales de 'henna negra'.".

    199

    4-Cloro-1,3-bencenodiol

    4-Chlororesorcinol

    95-88-5

    202-462-0

    Colorantes de oxidación para el teñido del pelo

    Después de mezclarse en condiciones oxidantes, la concentración máxima aplicada al pelo no deberá exceder de un 2,5 %

    Diario Oficial de la

    Unión

    Europea a) La etiqueta indicará:

    La proporción de mezcla.

    " Los colorantes del pelo pueden causar reacciones alérgicas graves.

    Lea y siga las instrucciones.

    Este producto no está destinado a utilizarse en personas menores de 16 años.

    Los tatuajes temporales de 'henna negra' pueden aumentar el riesgo de alergia.

    No utilice el tinte capilar:

    - si tiene una erupción cutánea en el rostro o tiene el cuero cabelludo sensible, irritado o dañado;

    226-393-0

    a) Colorantes de oxidación para el teñido del pelo a) Después de mezclarse en condiciones oxidantes, la concentración máxima aplicada al pelo no deberá exceder de un 3,4 % (calculado en sulfato)

    200

    Sulfato de 2,4,5,6-tetra-aminopirimidina

    Tetraaminopyrimidine Sulfate

    5392-28-9

    b) Colorantes no de oxidación para el teñido del pelo b) 3,4 % (calculado en sulfato)

    11.7.2013

    Identificación de las sustancias Restricciones

    Número de referencia

    11.7.2013

    Texto de las condiciones de empleo y advertencias

    Nombre químico/DCI

    Nombre común del ingrediente recogido en el glosario

    Número CAS Número CE Tipo de producto, partes del cuerpo

    Concentración máxima en el producto preparado para el uso

    Otras restricciones

    - si alguna vez ha experimentado cualquier tipo de reacción después de la coloración del pelo;

    - si alguna vez ha experimentado una reacción a los tatuajes temporales de 'henna negra'."

    ;

  2. se insertan las siguientes entradas con los números de orden 206 a 214:

    206

    Sulfato de 3-(2-hidroxietil)-p-fenilenodiamonio

    Hydroxyethyl-pPhenylenediamine Sulfate

    93841-25-9

    La etiqueta indicará:

    La proporción de mezcla.

    " Los colorantes del pelo pueden causar reacciones alérgicas graves.

    Lea y siga las instrucciones.

    Este producto no está destinado a utilizarse en personas menores de 16 años.

    Los tatuajes temporales de 'henna negra' pueden aumentar el riesgo de alergia.

    No utilice el tinte capilar:

    - si tiene una erupción cutánea en el rostro o tiene el cuero cabelludo sensible, irritado o dañado;

    - si alguna vez ha experimentado cualquier tipo de reacción después de la coloración del pelo;

    - si alguna vez ha experimentado una reacción a los tatuajes temporales de 'henna negra'.".

    298-995-1

    Colorantes de oxidación para el teñido del pelo

    Después de mezclarse en condiciones oxidantes, la concentración máxima aplicada al pelo no deberá exceder de un 2,0 % (calculado en sulfato)

    Diario

    Oficial de la

    Unión

    Europea

    a) La etiqueta indicará:

    La proporción de mezcla.

    Para a) y b):

    " Los colorantes del pelo pueden causar reacciones alérgicas graves.

    Lea y siga las instrucciones.

    Este producto no está destinado a utilizarse en personas menores de 16 años.

    a) Colorantes de oxidación para el teñido del pelo

    207

    1H-Indol-5,6-diol

    Dihydroxyindole

    a) Después de mezclarse en condiciones oxidantes, la concentración máxima aplicada al pelo no deberá exceder de un 0,5 %

    3131-52-0

    412-130-9

    190/41

    L

    Los tatuajes temporales de 'henna negra' pueden aumentar el riesgo de alergia.

    No utilice el tinte capilar:

    - si tiene una erupción cutánea en el rostro o tiene el cuero cabelludo sensible, irritado o dañado;

    - si alguna vez ha experimentado cualquier tipo de...

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