Notificación a la atención de las personas y entidades sujetas a las medidas restrictivas establecidas en la Decisión (PESC) 2015/1333 del Consejo, aplicada por la Decisión de Ejecución (PESC) 2018/1086 del Consejo, y en el Reglamento (UE) 2016/44 del Consejo, aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1073 del Consejo, relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia

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Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

31.7.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 269/6

La presente información se pone en conocimiento de las personas y entidades que figuran en los anexos II y IV de la Decisión (PESC) 2015/1333 del Consejo (1), aplicada por la Decisión de Ejecución (PESC) 2018/1086, del Consejo (2), y en el anexo III del Reglamento (UE) 2016/44 del Consejo (3), aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1073, del Consejo (4), relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia.

El Consejo de la Unión Europea, tras haber revisado la lista de personas y entidades designadas en los anexos mencionados anteriormente, ha determinado que las medidas restrictivas dispuestas en la Decisión 2011/137/PESC del Consejo (5) y en el Reglamento (UE) n.o 204/2011 del Consejo (6) deben seguir aplicándose a dichas personas y entidades.

Se advierte a las personas y entidades afectadas que pueden solicitar a las autoridades competentes de los correspondientes Estados miembros, cuyas sedes electrónicas figuran en el anexo IV del Reglamento (UE) 2016/44, autorización para utilizar los fondos inmovilizados a fin de atender a necesidades básicas o satisfacer pagos específicos (véase el artículo 8 del Reglamento).

Las personas y entidades afectadas podrán presentar al Consejo antes del 15 de mayo de 2019, junto con la documentación probatoria correspondiente, una solicitud para que se reconsidere la decisión de incluirlas en la lista mencionada. Dicha solicitud se enviará a la siguiente dirección:

Consejo de la Unión Europea Secretaría General DG RELEX 1C Rue de la Loi/Wetstraat 175 1048 Bruxelles/Brussel BELGIQUE/BELGIË Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu

A efectos de la revisión periódica por el Consejo de la lista de personas y entidades designadas, de conformidad con el artículo 17, apartado 2, de la Decisión (PESC) 2015/1333 y el artículo 21, apartado 6, del Reglamento (UE) 2016/44, se tendrán en cuenta todas las observaciones recibidas.

Asimismo se pone en conocimiento de las personas y entidades afectadas que pueden recurrir la decisión del Consejo ante el Tribunal General de la Unión Europea, conforme a las condiciones establecidas en el artículo 275, párrafo segundo, y en el artículo 263, párrafos cuarto y sexto, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

(1) DO L 206 de 1.8.2015, p. 34.

(2) DO L 194 de 31.7.2018, p. 150.

(3) DO L 12 de...

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