Notificación a la atención de las personas sujetas a las medidas restrictivas establecidas en la Decisión (PESC) 2017/2074 del Consejo, modificada por la Decisión (PESC) 2019/1596 del Consejo, y el Reglamento (UE) 2017/2063 del Consejo, aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1586 del Consejo, relativos a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela

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Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

27.9.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 323/1

La presente información se pone en conocimiento de las personas que figuran en el anexo I de la Decisión (PESC) 2017/2074 del Consejo (1), modificada por la Decisión (PESC) 2019/1596 del Consejo (2), y en el anexo IV del Reglamento (UE) 2017/2063 del Consejo (3), aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1586 del Consejo (4), relativos a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela.

El Consejo de la Unión Europea ha decidido que las personas que figuran en los citados anexos deben quedar incluidas en la lista de personas y entidades sujetas a las medidas restrictivas establecidas en la Decisión (PESC) 2017/2074 y en el Reglamento (UE) 2017/2063, relativos a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela. Los motivos que justifican la inclusión de estas personas figuran en las entradas pertinentes de dichos anexos.

Se pone en conocimiento de las personas afectadas la posibilidad de presentar a las autoridades competentes de los Estados miembros correspondientes, indicadas en los sitios web que figuran en el anexo III del Reglamento (UE) 2017/2063 relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela, una solicitud para obtener la autorización de utilizar los fondos inmovilizados para necesidades básicas o pagos específicos (véase el artículo 9 del Reglamento).

Las personas afectadas podrán presentar al Consejo, antes del 24 de agosto de 2020, junto con la documentación probatoria correspondiente, una solicitud para que se reconsidere la decisión de incluirlas en las listas mencionadas. Dicha solicitud deberá remitirse a la siguiente dirección:

Consejo de la Unión Europea Secretaría General RELEX.1.C Rue de la Loi/Wetstraat 175 1048 Bruxelles/Brussel BELGIQUE/BELGIË Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu

A efectos de la revisión periódica por el Consejo, de conformidad con el artículo 13 de la Decisión (PESC) 2017/2074 y el artículo 17, apartado 4, del Reglamento (UE) 2017/2063, se tendrán en cuenta todas las observaciones recibidas.

Asimismo se pone en conocimiento de las personas afectadas que pueden recurrir la decisión del Consejo ante el Tribunal General de la Unión Europea, conforme a las...

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