Decisión del Consejo, de 9 de abril de 2001, por la que se establecen las nuevas orientaciones aplicables a las acciones y medidas que se adopten con arreglo al programa plurianual destinado a fomentar la cooperación internacional en el sector de la energía (1998-2002), derivado del programa marco plurianual de actividades en el sector de la...

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas 5.5.2001L 125/24

II (Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad) CONSEJO DECISIÓN DEL CONSEJO de 9 de abril de 2001 por la que se establecen las nuevas orientaciones aplicables a las acciones y medidas que se adopten con arreglo al programa plurianual destinado a fomentar la cooperación internacional en el sector de la energía (1998-2002), derivado del programa marco plurianual de actividades en el sector de la energía y medidas afines (2001/353/CE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Decisión 1999/21/CE, Euratom del Consejo, de 14 de diciembre de 1998, por la que se aprueba un programa marco plurianual de actividades en el sector de la energía (1998-2002) y medidas afines (1 ), y, en particular, su artículo 4,

Vista la Decisión 1999/23/CE del Consejo, de 14 de diciembre de 1998, por la que se aprueba un programa plurianual destinado a fomentar la cooperación internacional en el sector de la energía (1998-2002) (2) (denominado en lo sucesivo, 'el programa Synergy'),

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1) Con miras a aumentar la eficiencia, es necesario reajustar la aplicación del programa Synergy, en particular por lo que respecta a las tareas vinculadas a la gestión de los programas y proyectos.

(2) El programa Synergy ha dado lugar a un número importante de pequeños contratos dispersos desde el punto de vista geográfico, tal como subrayó el último informe de evaluación.

(3) El programa Synergy es uno de los programas que dispone de medios financieros limitados, pese a abarcar un ámbito de actividades muy amplio, por lo que conviene reorientar su aplicación hacia determinadas prioridades y reducir el número de contratos celebrados en virtud de dicho programa, así como incrementar su importe medio, para que puedan alcanzarse los objetivos que establece la reforma de la actividad de la Comisión en materia de gestión de programas.

(4) La Comisión presentó unas nuevas orientaciones aplicables a las actividades y medidas que se adopten en el contexto del programa Synergy, pero no fueron aceptadas por el Comité del programa marco.

(5) La presente Decisión no prejuzga decisiones relativas a otros programas derivados del actual programa marco de energía (1998-2002) ni la futura propuesta de programa marco plurianual.

(6) Las orientaciones no deben afectar al programa de actuación mencionado en el artículo 5 de la Decisión 1999/ 23/CE ni al programa indicativo que figura en el anexo de dicha Decisión.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo único

El Consejo aprueba las nuevas orientaciones relativas al programa Synergy adjuntas a la presente Decisión, que se entienden sin perjuicio del programa de actuación mencionado en el artículo 5 de la...

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