P8_TA(2017)0014 Cláusula bilateral de salvaguardia y mecanismo de estabilización para el banano del Acuerdo comercial UE Colombia y Perú ***I Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 2 de febrero de 2017, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (UE) n.° 19/2013, por el que se aplica la cláusula bilateral de salvaguardia y el mecanismo de estabilización para el banano del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Colombia y Perú, por otra, y el Reglamento (UE) n.° 20/2013, por el que se aplica la cláusula bilateral de salvaguardia y el mecanismo de estabilización para el banano del Acuerdo por el que se establece una asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Centroamérica, por otra (COM(2015)0220 — C8-0131/2015 — 2015/0112(COD)) P8_TC1-COD(2015)0112 Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 2 de febrero de 2017 con vistas a la adopción del ...

SectionResolución legislativa
Issuing OrganizationParlamento Europeo

18.7.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 252/303

El Parlamento Europeo,

— Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2015)0220),

— Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 272, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C8-0131/2015),

— Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 20 de diciembre de 2016, de aprobar la Posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el artículo 59 de su Reglamento,

— Visto el informe de la Comisión de Comercio Internacional (A8-0277/2016),

  1. Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;

  2. Aprueba la declaración común del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión adjunta a la presente Resolución;

  3. Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente su propuesta o sustituirla por otro texto;

  4. Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento coincide con el acto legislativo final, el Reglamento (UE) 2017/540.)

El Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión convienen en la importancia de una estrecha cooperación en el seguimiento de la aplicación del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados miembros por una parte, y Colombia y el Perú, por otra (1) , en su versión modificada por el Protocolo de Adhesión al Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados miembros por una parte, y Colombia y Perú, por otra, para tener en cuenta la adhesión de Ecuador (2) , del Reglamento (UE) n.o 19/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2013, por el que se aplica la cláusula bilateral de salvaguardia y el mecanismo de estabilización para el banano del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Colombia y Perú, por otra (3) , y del Reglamento (UE) n.o 20/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2013, por el que se aplica la cláusula bilateral de salvaguardia y el mecanismo de estabilización para el banano del Acuerdo por...

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